Orden de 3 de junio de 2016, por la que se dictan normas para la elaboración del presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2017.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Andalucía cerró el año 2015 con un crecimiento interanual del PIB del 3,7%, la tasa más elevada desde el año 2007 y más del doble de la registrada por la zona euro. Todos los sectores productivos han contribuido a la recuperación de un crecimiento sustentado en su mayor parte sobre la demanda interna. Este favorable comportamiento de la economía se está trasladando también al mercado de trabajo, donde los datos disponibles sitúan a Andalucía como la comunidad autónoma líder en la creación de empleo. Así, a final del primer trimestre de 2016, el número de personas ocupadas en Andalucía ha crecido en un 4,9%, 1,6 puntos más que en España, y acumula nueve trimestres consecutivos de subida.

También ha sido Andalucía la comunidad autónoma que presenta la mayor reducción en el número de parados, con una caída interanual al final del primer trimestre de 2016 del 12,5%. La tasa de paro se ha situado en esa fecha cuatro puntos por debajo del año anterior. A pesar de esta positiva trayectoria, la lucha contra el desempleo continúa siendo el propósito prioritario del Gobierno de Andalucía y por ello constituye el eje fundamental del Presupuesto de 2017.

A este respecto, la senda de consolidación fiscal exigida a España por la UE debe permitir a las Administraciones Públicas nacionales, entre ellas a la Comunidad Autónoma de Andalucía, acomodar el intenso esfuerzo de reducción del déficit que se ha llevado a cabo durante los últimos años, con el fin de reafirmar la recuperación de la economía. Una vez confirmado que las políticas de austeridad a ultranza estaban impidiendo la vuelta al crecimiento económico y los esfuerzos de consolidación fiscal, las autoridades europeas y los principales organismos económicos internacionales están promoviendo el impulso a la actividad desde los presupuestos públicos, en particular, a través de la inversión y la introducción de mejoras en la gestión del gasto corriente.

Desde la perspectiva de los ingresos, cabe esperar que la recuperación del crecimiento se traduzca en una mayor disponibilidad de recursos; sin embargo, la senda de objetivos propuestos por la Administración General del Estado para los próximos años sigue teniendo una tendencia restrictiva. Por otra parte, aunque persiste la urgente necesidad de cambiar el sistema de financiación, el Gobierno de España no ha acometido su reforma a pesar de que su período de vigencia finalizaba el año 2013.

La búsqueda persistente de la eficiencia en el funcionamiento de los servicios públicos es una seña de identidad del Gobierno de Andalucía que ha contribuido de forma decisiva a superar las graves restricciones presupuestarias de los peores años de la crisis, sin dejar de apostar por unos servicios públicos fundamentales universales y de calidad. El Presupuesto de 2017 reafirmará el blindaje de los servicios del Estado de Bienestar en Andalucía, favoreciendo la sanidad y la educación públicas como herramientas de equidad y cohesión social y factores de competitividad al servicio del desarrollo económico.

Precisamente, hacer de la economía andaluza un espacio más productivo, innovador y generador de creciente valor añadido y de empleo de calidad requiere continuar con el proceso de acumulación de capital humano, la inversión en I+d+i y la mejora en las infraestructuras, pero también impulsar los sectores productivos de mayor peso en la economía andaluza, de manera que todo ello deberá reflejarse en la composición de las cuentas de 2017. Durante este ejercicio, además, se prestará particular atención al fomento del trabajo autónomo y el emprendimiento, así como al conjunto de las políticas activas de empleo, en aras a continuar minorando la incidencia que el desempleo tiene en la comunidad autónoma.

Con carácter transversal, en el próximo ejercicio la perspectiva de género deberá estar presente en las decisiones presupuestarias con el fin de avanzar en la igualdad real entre hombres y mujeres. Asimismo, la cooperación con las corporaciones locales andaluzas será también en 2017 una herramienta fundamental a la hora de ejecutar las políticas presupuestarias.

El artículo 35 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, regula el procedimiento de elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía.

En su virtud, las Consejerías y los distintos órganos, instituciones y agencias administrativas y de régimen especial con dotaciones diferenciadas en el Presupuesto, así como las agencias públicas empresariales y sociedades mercantiles del sector público andaluz; los consorcios, fundaciones y demás entidades previstas en el artículo 5.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; y los fondos sin personalidad jurídica del artículo 5.3 del citado Texto Refundido; habrán de remitir a la Consejería competente en materia de Hacienda, sus anteproyectos de presupuestos antes del día 1 de julio de cada año.

Por su parte, el estado de ingresos del Presupuesto de la Junta de Andalucía será elaborado por la Consejería competente en materia de Hacienda, conforme a las correspondientes técnicas de evaluación y al sistema de tributos y demás derechos que hayan de regir en el respectivo ejercicio.

De otro lado, el Presupuesto se ajustará al límite de gasto no financiero que apruebe el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda, según lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Asimismo, el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía dispone que la estructura del Presupuesto de ingresos y gastos se determinará por la Consejería competente en materia de Hacienda, teniendo en cuenta la organización de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas e instituciones, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos, las finalidades y objetivos que con estos últimos se propongan conseguir y los programas de inversiones previstos en los correspondientes planes económicos vigentes.

Desde la implantación del Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales (GIRO), mediante la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 17 de diciembre de 2014, la estructura presupuestaria está formada por los siguientes elementos de imputación: centro gestor, posición presupuestaria, fondo y proyecto presupuestario. La combinación de todos estos elementos constituye la partida presupuestaria.

Por último, y en relación con la información que ha de elaborarse referente a las agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz y otras entidades, ha de tenerse en cuenta que la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, ha modificado el artículo 58.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Esta modificación va en consonancia con la estrategia que se viene observando en el resto de comunidades autónomas y de la administración pública española en general, y se pone en relación con el resto de medidas que igualmente se están adoptando en términos de transparencia. El objetivo final es que el presupuesto de explotación sea una previsión de la cuenta de resultados, y el presupuesto de capital, que sea elaborado teniendo en cuenta las magnitudes derivadas de la previsión del estado de flujos de efectivo que resulten significativas sobre dichas operaciones. A su vez, se ha considerado necesario y conveniente en términos de...

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