Orden de 25 de mayo de 2018, por la que se dictan normas para la elaboración del presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2019.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Durante 2017 la economía andaluza ha puesto de manifiesto un crecimiento robusto y estable con un aumento del PIB real del 3%, una décima superior al del año anterior. Se trata de un crecimiento asentado en todos los sectores salvo el agrario, cuya evolución ha estado lastrada por unas condiciones climatológicas adversas. Destaca, particularmente, el crecimiento del sector industrial, un punto por encima del registrado a nivel nacional en 2017 y que se prolonga durante los primeros meses de 2018. La construcción y los servicios también aumentaron por encima de la media española, todo lo cual contribuyó a la favorable dinámica del mercado de trabajo. Andalucía se erigió en 2017 como la Comunidad Autónoma que más empleo creó, con un crecimiento del número de personas ocupadas del 4,4%, frente al 2,6% nacional.

Durante 2018 se espera una ligera moderación del crecimiento, debido a una ralentización en el consumo privado, la formación bruta de capital y las exportaciones. Hay que señalar que Andalucía registró en 2017 el máximo histórico en exportación de mercancías, con un aumento del 20,5% respecto al año anterior, más del doble que la media nacional. A pesar de estas expectativas, el crecimiento del PIB continuará siendo vigoroso, característica que también se espera para 2019.

En este entorno macroeconómico, el Presupuesto de la Comunidad Autónoma debe orientarse a afianzar un crecimiento sostenible y equitativo en el que los beneficios de la recuperación sean percibidos por toda la sociedad. Ello pasa, en primer término, por contribuir mediante las políticas públicas a mejorar la competitividad, apostando por la dotación de infraestructuras de calidad en todos los ámbitos, especialmente aquellas destinadas a la investigación y la innovación, pero también por el impulso a los sectores productivos, tanto los punteros con elevada capacidad de arrastre e innovación, como los más tradicionales que cuentan con una presencia consolidada en la economía y el empleo. El apoyo al emprendimiento y al trabajo autónomo deben ser, igualmente, objetivos para las cuentas de 2019, como dinamizadores del crecimiento y de la creación de empleo.

El gasto social es la seña de identidad del Presupuesto de Andalucía, por lo que en 2019 los servicios públicos fundamentales volverán a concentrar la parte más importante de los recursos. Asegurar la equidad, favorecer la igualdad de oportunidades e impulsar el crecimiento son los objetivos de las políticas de educación, sanidad y servicios sociales. En 2019, serán de nuevo destino prioritario del gasto autonómico, con especial atención a las personas en situación de dependencia para las que la Comunidad Autónoma realiza un esfuerzo diferencial cubriendo con recursos propios la financiación no atendida por el Gobierno central.

La atención a la dependencia es también uno de los ámbitos de colaboración estrecha entre la Comunidad Autónoma y las Corporaciones Locales de Andalucía. Esta misma colaboración seguirá orientando las actuaciones que conforman todas y cada una de las políticas presupuestarias en el ejercicio que nos ocupa, velando al mismo tiempo por el saneamiento y la suficiencia de recursos locales.

El contexto financiero en el que se elabora el Presupuesto de 2019 viene definido por un nuevo retraso en la aprobación de un sistema de financiación autonómica que subsane las graves deficiencias en el funcionamiento, así como la insuficiencia de recursos que presenta el modelo actual. Andalucía es una de las Comunidades Autónomas más perjudicadas por este sistema, por lo que ha reclamado repetidamente la urgente necesidad de su reforma.

Esta reclamación no ha sido obstáculo para que Andalucía continúe mostrando su compromiso con la sostenibilidad de las cuentas públicas, habiendo cumplido con los objetivos de déficit, deuda y regla de gasto en 2017. Sin embargo, es fundamental para asegurar el proceso de convergencia regional que se revise de forma integral el marco normativo financiero autonómico, de forma que aquellas Comunidades con menor nivel de gasto puedan alcanzar progresivamente el promedio nacional.

Señalar que en 2019 tendrán continuidad y renovado esfuerzo dos de las líneas de actuación que definen las cuentas públicas andaluzas, como son: el presupuesto con enfoque de género y la lucha contra el fraude fiscal, ambas líneas con excelentes resultados para las finanzas autonómicas, tanto en términos de avance en la igualdad entre hombres y mujeres, como en mejora de la eficiencia en la gestión y aportación de recursos a las arcas públicas.

El artículo 35 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, regula el procedimiento de elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía.

En su virtud, las Consejerías y los distintos órganos, instituciones y agencias administrativas y de régimen especial con dotaciones diferenciadas en el Presupuesto de la Junta de Andalucía, así como las agencias públicas empresariales y sociedades mercantiles del sector público andaluz; los consorcios, fundaciones y demás entidades previstas en el artículo 5.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; y los fondos carentes de personalidad jurídica del artículo 5.3 del citado Texto Refundido; habrán de remitir a la Consejería competente en materia de Hacienda, sus anteproyectos de presupuestos antes del día 1 de julio de cada año.

Por su parte, el estado de ingresos del Presupuesto de la Junta de Andalucía será elaborado por la Consejería competente en materia de Hacienda, conforme a las correspondientes técnicas de evaluación y al sistema de tributos y demás derechos que hayan de regir en el respectivo ejercicio.

De otro lado, el Presupuesto se ajustará al límite de gasto no financiero que apruebe el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda, según lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

La presente Orden se adecua a los principios de buena regulación referidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, es el instrumento a través del cual la Consejería ha de determinar la estructura del Presupuesto de ingresos y gastos, por lo que, siendo el instrumento legalmente determinado para ello, se da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia.

A su vez, al regular la estructura del Presupuesto y establecer determinadas normas internas sobre la elaboración del mismo, se dota a las personas destinatarias del Presupuesto de los medios que les permitan conocer los trámites a seguir en su procedimiento de elaboración, lo que redunda en la seguridad jurídica. Siendo estos trámites proporcionados a la finalidad perseguida, se da satisfacción a los principios de eficiencia y proporcionalidad.

Finalmente, esta Orden proporciona a la ciudadanía información sobre la estructura del Presupuesto y sobre las reglas internas de elaboración del mismo, lo que posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos.

Asimismo, el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía dispone que la estructura del Presupuesto de ingresos y gastos se determinará por la Consejería competente en materia de Hacienda, teniendo en cuenta la organización de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial e instituciones, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos, las finalidades y objetivos que con estos últimos se propongan conseguir y los programas de inversiones previstos en los correspondientes planes económicos vigentes.

La Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, estableció en su artículo 139 la obligación legal de emitir sobre el anteproyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma andaluza un Informe de Evaluación de Impacto por razón de género de su contenido. Asimismo, en dicho artículo se dispuso la constitución de una Comisión responsable de la emisión del citado informe, del impulso y fomento de la preparación de anteproyectos con perspectiva de género en las diversas Consejerías, y de la realización de auditorías de género en las Consejerías, empresas y organismos de la Junta de Andalucía.

Desde sus inicios, en el año 2003, la estrategia de integración del enfoque de género a través del Presupuesto Público ha ido desarrollando todo un modelo de análisis que introduce la dimensión de género en los diagnósticos, la definición, la ejecución y el seguimiento de las políticas presupuestarias. Con la adopción de...

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