Orden de 23 de abril de 2020, por la que se aprueba el Plan de Turismo de Grandes Ciudades de Andalucía de la ciudad de Granada.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 37.1.14.º, establece como uno de los principios rectores de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma el fomento del sector turístico, como elemento económico estratégico de Andalucía. Asimismo, en su artículo 71, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de turismo que incluye, en todo caso, la ordenación, la planificación y la promoción del sector turístico.

El artículo 9.16 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local, en el marco de lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, reconoce a los municipios andaluces competencias propias en materia de promoción turística, que incluye la promoción de sus recursos turísticos y fiestas de especial interés; la participación en la formulación de los instrumentos de planificación y promoción del sistema turístico en Andalucía; y el diseño de la política de infraestructuras turísticas de titularidad propia.

La Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, dispone en su Título III una serie de instrumentos y programas turísticos de planificación y ordenación de los recursos turísticos, siendo el Plan General de Turismo el instrumento básico esencial que desarrolla las especificaciones y directrices a las que deberán ajustarse el resto de instrumentos de planificación. Entre estos últimos, contempla el artículo 15 de esta norma la figura de los Planes Turísticos de Grandes Ciudades, como un conjunto de medidas dinamizadoras y participadas de fomento, dirigidas a implementar un sistema de planificación turística estratégica de la ciudad objeto de dichas actuaciones.

En desarrollo de esta figura se aprueba el Decreto 146/2016, de 30 de agosto, por el que se regulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración mediante los que se articulan, que serán suscritos por la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y la persona titular del órgano competente de la Administración local de aquellos municipios andaluces con una población de derecho superior a cien mil habitantes. La finalidad esencial de estos Planes es la promoción y el fomento del turismo en estos municipios, para reforzar el papel de los destinos en la mejora de la calidad y de la competitividad de la oferta turística andaluza, estando orientados a la consecución de los siguientes objetivos: la puesta en valor y uso de recursos turísticos, la adecuación del...

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