Orden de 19 de julio de 2019, por la que se ordena la financiación de los programas de ayudas al estudiantado universitario para la obtención de niveles de competencias lingüísticas en una lengua extranjera para el curso 2019/2020.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Rango de LeyOrden

La Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 53.1.a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, tiene atribuida la competencia exclusiva sobre la programación y la coordinación del sistema universitario andaluz en el marco de la coordinación general.

En este mismo sentido, de conformidad con los artículos 68 y 69 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía coordinar a las Universidades Andaluzas con el objeto de lograr la adecuación de la oferta de becas y ayudas al estudio a las demandas sociales.

De otro lado, el artículo 55 del citado texto legal, establece que las Universidades Andaluzas fomentarán el estudio, la docencia y la investigación como actividades encaminadas a lograr la formación integral de los estudiantes, así como que los programas de financiación universitaria contemplarán ayudas a programas universitarios que estén orientados a favorecer la consecución de los objetivos indicados en favor del desarrollo económico y social de Andalucía.

Específicamente en materia de estudios, el artículo 57.2 del referido Texto Refundido dispone que los planes de estudio universitarios deberán contener las garantías suficientes de conocimiento de otros idiomas, con un nivel de interlocución suficiente, así como la formación requerida en la legislación estatal y autonómica vigente. En el mismo sentido, se establece que las Universidades intensificarán el fomento del plurilingüismo, favoreciendo la impartición de estudios de otras lenguas extranjeras a los que tendrán acceso los estudiantes de las propias Universidades Andaluzas o de otras Universidades españolas o internacionales.

Hasta la fecha, las Universidades Públicas de Andalucía habían ido estableciendo en los distintos planes de estudio de las enseñanzas universitarias, como contenidos mínimos comunes de las enseñanzas de grado, que los estudiantes acreditasen, para la obtención del título de grado, la competencia lingüística en una lengua extranjera con nivel B1 o superior, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

En la consecución del objetivo del plurilingüismo, Andalucía es, hoy por hoy, la primera Comunidad Autónoma española, en términos absolutos y relativos, en el fomento de la participación en programas internacionales como medida motivadora y generadora de actitudes positivas hacia el...

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