Orden de 17 de septiembre de 2015, por la que se aprueba el Plan de Usos de los espacios portuarios de Villaricos (Almería).

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento y Vivienda
Rango de LeyOrden

Por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía se ha elaborado el Plan de los Espacios Portuarios de Villaricos (Cuevas de Almanzora, Almería), ajustándose en su tramitación a los criterios de procedimiento establecidos en el artículo 9 y siguientes de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.

Se han cumplimentado los trámites de información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 144, de 24 de julio de 2013, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del indicado artículo 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre; y asimismo, conforme a este precepto, se solicitó informe sobre el Plan de Usos al Excmo. Ayuntamiento de Cuevas de Almanzora, en su condición de municipio afectado por razón de su ámbito territorial, y a las Administraciones siguientes, con competencias sectoriales que inciden en el ámbito portuario; de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Viceconsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Viceconsejería de Turismo, Comercio y Deporte, Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Deporte, Secretaría General Técnica de la Consejería de Fomento y Vivienda, Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente y Delegación Territorial de Almería de la Consejeria de Fomento y Vivienda, según las denominaciones de tales órganos en el momento de solicitarse su informe; de la Administración General del Estado: Delegación del Gobierno en Andalucía, Autoridad Portuaria de Almería, Capitanía Marítima de Almería y Servicio Provincial de Costas de la Demarcación de Costas de Andalucía-Mediterráneo.

Resultado de todo ello se recibieron e incorporaron al expediente los informes emitidos por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y Comandancia de Almería de la Guardia Civil a través de la Delegación del Gobierno en Andalucía.

Dichos Informes son emitidos en sentido favorable, recogiendo, en resumen, consideraciones relativas a la necesidad de que las actividades asociadas a la náutica deportiva se desarrollen con absoluto respeto al entorno natural y a la actividad profesional pesquera, puesto que la zona de influencia de los espacios portuarios de Villaricos comprende la zona de producción de moluscos y la zona donde se encuentra autorizada la actividad marisquera (coquina, chirla, erizo de mar y erizo negro), así como la necesidad de evitar que las actividades portuarias afecten al normal desarrollo de otras pesquerías que se realizan habitualmente en aguas aledañas a los espacios portuarios (artes menores y palangre de fondo, principalmente). Asimismo, consideraciones sobre la necesidad de prever el posible incremento de la demanda energética a los efectos del dimensionamiento de la red, y la primacía en la utilización de las energías renovables en edificios e instalaciones de uso y servicio público, así como sugerencias destinadas a la mejora de aspectos concretos referidos a la seguridad del recinto portuario.

La Secretaría General de la Delegación del Gobierno en Andalucía remite informe de las Dependencias de las Áreas de Agricultura y Pesca y de Sanidad y Política Social de la Subdelegación del Gobierno indicando que no procede ninguna observación al proyecto.

La Viceconsejería de Turismo y Comercio remite informe en el que indica la conveniencia de que el Plan permita la instalación en la zona de servicio portuario de usos compatibles con los portuarios, tales como usos culturales, educativos, recreativos certámenes feriales, exposiciones y otras actividades comerciales. No obstante, la reducida extensión de los espacios portuarios no permite destinar el escaso suelo disponible a actividades distintas o complementarias a la propiamente portuaria, por lo que la ordenación propuesta se considera suficientemente equilibrada y adecuadamente integrada en el entorno urbano de Villaricos, contemplando en ambos recintos portuarios zonas para el desarrollo de actividades complementarias.

El informe emitido por la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Almería, determinó la conveniencia de introducir modificaciones en el Plan de Usos, puesto que la delimitación del Yacimiento de Villaricos, zona arqueológica sita en Cuevas de Almanzora, inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico, afecta a la zona portuaria en su extremo noroeste. Dichas modificaciones se traducen en la inclusión del epígrafe 6, Protección Arqueológica, y la modificación del plano Inf. 03 Estado Actual (La Balsa).

Finalmente, se ha solicitado informe a la Consejería de Medio Ambiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 36.2.b) de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, emitiéndose Informe el 26 de febrero de 2009 en el que se concluye que el Plan de los Espacios Portuarios de Villaricos no debe ser objeto de Evaluación Ambiental de Planes y Programas.

Tramitado el indicado procedimiento, el Consejo de Administración de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, en su sesión de 11 de marzo de 2014, aprobó la Propuesta del Plan de Usos de los Espacios Portuarios de Villaricos, acordando su elevación a esta Consejería para su aprobación definitiva, órgano competente en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre.

En su virtud, a propuesta del Consejo de Administración de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, y de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía,

DISPONGO

Único. Aprobar el Plan de Usos de los Espacios Portuarios del Puerto de Villaricos, en Cuevas de Almanzora (Almería) que se inserta a continuación.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de septiembre de 2015

FELIPE LÓPEZ GARCÍA
Consejero de Fomento y Vivienda
plan de usos de los espacios portuarios de villaricos cuevas del almanzora. almería

ÍNDICE

MEMORIA

  1. Objeto del documento

  2. Antecedentes

  3. Situación actual de la zona de servicio

  4. Relación con el entorno

  5. Ordenación Territorial y Planeamiento General

  6. Protección arqueológica

  7. Bases y objetivos de la ordenación

  8. Intervenciones de la propuesta

  9. Estimación de Inversiones

PLANOS

ANEJOS

Objeto del documento.

El objeto del Plan de Usos es establecer la ordenación funcional de los espacios portuarios de Villaricos (Almería), de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.

A tal efecto, el documento recoge:

La delimitación física del recinto portuario.

La asignación de usos para los diferentes espacios que compondrán la zona de servicio portuario.

La justificación de la necesidad o conveniencia de los usos previstos

- Delimitación física.

Los espacios portuarios de Villaricos fueron transferidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante el R.D. 3137/1983, de 25 de agosto, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de puertos. Comprenden los recintos de La Balsa y La Esperanza situados, respectivamente, en los extremos suroeste y noreste del borde costero del núcleo de Villaricos en el término municipal de Cuevas del Almanzora.

Instalaciones portuarias de Villaricos (1984)

En marzo de 1996 fueron suscritos por la Dirección General de Costas y la entonces Empresa Pública de Puertos de Andalucía acta y planos de entrega y recepción de las instalaciones portuarias de La Balsa y La Esperanza, fijándose la delimitación del dominio portuario...

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