Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción en Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa y Comercio
Rango de LeyOrden

El derecho al empleo, la promoción de las condiciones para que la igualdad de la ciudadanía sea real y efectiva, la remoción de los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, y el fomento de la participación de los andaluces y las andaluzas en la vida política, económica, cultural y social, son derechos básicos y objetivos prioritarios que se contemplan en nuestro Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Un objetivo primordial en el marco de las políticas activas de empleo, es facilitar la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas a través de la adquisición de experiencia profesional. Para su consecución, resulta necesario implementar medidas concretas dirigidas a impulsar y activar la generación de empleo que proporcionen, a su vez, intervenciones de apoyo, seguimiento y acompañamiento social con objeto de favorecer la adquisición de hábitos sociales y de trabajo y garantizar el incremento de la empleabilidad de las personas en exclusión social y su inclusión en el mercado laboral ordinario.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, reformado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.3.1º que la Comunidad Autónoma, en defensa del interés general, ejercerá sus poderes con los objetivos básicos de la consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción. Además, su artículo 58.2.1º, establece que la Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11ª y 13ª de la Constitución, sobre el fomento y la planificación de la actividad económica en Andalucía.

Asimismo, el artículo 63 del Estatuto de Autonomía dispone, en su apartado 1, que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en materia de empleo que incluyen, en todo caso, las políticas activas de empleo, que comprenderán la gestión de las subvenciones correspondientes y el fomento del empleo.

En cumplimiento de estos objetivos, en los últimos años, el Gobierno Andaluz ha puesto en marcha diferentes medidas en materia de políticas activas de empleo para hacer frente a las terribles consecuencias que la crisis económica ha provocado en la sociedad andaluza. No obstante, una vez que se empiezan a superar las dificultades de esta coyuntura económica es necesario continuar impulsando medidas que favorezcan la recuperación del mercado de trabajo andaluz, teniendo en cuenta que la creación e impulso del empleo de calidad sigue siendo el principal objetivo y reto del Gobierno andaluz. La Administración Pública en su conjunto, especialmente en lo relacionado con el ámbito jurídico, debe involucrarse en la lucha contra la exclusión social dentro de sus ámbitos de competencias y medios, a través de acciones de integración encaminadas a potenciar la plena participación de los colectivos afectados por esta situación.

El Servicio Andaluz de Empleo, creado mediante Ley 4/2002, de 16 de diciembre, como órgano gestor de la política de empleo de la Junta de Andalucía, tiene como objetivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y, en particular, las de fomento del empleo, es por ello, que esta Agencia es competente para la gestión de las subvenciones dirigidas a contrarrestar la exclusión social.

En el ámbito de sus competencias, el Servicio Andaluz de Empleo tiene por finalidad la empleabilidad e incorporación en el mercado de trabajo de las personas desempleadas, especialmente de aquellas que presentan mayores dificultades de inserción laboral, y disminución de los obstáculos que impiden o dificultan su acceso al mercado laboral. Para la consecución de estos fines, trabaja día a día en reforzar todas aquellas políticas encaminadas a facilitar su participación en el ámbito laboral, potenciar sus conocimientos y capacidades, y determinar las prioridades adecuadas a sus posibilidades y a las del mercado laboral ordinario.

Consciente de esta problemática, la Administración andaluza pretende implementar nuevas medidas de activación del empleo que favorezcan y faciliten la integración sociolaboral de las personas con mayores dificultades, a través de las Empresas de Inserción , como instrumentos claves y necesarios para la consecución de estos fines, para lo cual, se hace necesario una modificación de las subvenciones existentes, así como, la regulación de otras nuevas, mediante un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia no competitiva.

En este escenario, se hace necesario aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la...

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