Orden de 16 de diciembre de 2020, por la que se aprueba el modelo 169 de declaración de ingresos por entrega de bienes y prestaciones de servicios de la Junta de Andalucía sujetos a IVA.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Financiación Europea
Rango de LeyOrden

En el contexto de la estrategia de mejora de la gestión de los ingresos que ha venido promoviendo la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se han adoptado algunas decisiones relevantes como la plena integración de Consorcios y Agencias Públicas Empresariales en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma, o una nueva clasificación económica de ingresos (Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

Mejorar la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) devengado en las operaciones sujetas realizadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial y, en su caso, dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información que conlleva el Sistema Inmediato de Información del IVA, constituye el siguiente hito de este impulso, que requiere determinadas actuaciones sobre el modelo de datos de los sistemas de información económica financiera de la Junta de Andalucía.

En particular, una mejor gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido requiere aprobar un nuevo formulario específico para la liquidación de ingresos sujetos a IVA, sean estos ingresos de naturaleza jurídica pública o privada, y que cumpla con los requisitos de las facturas y de los documentos sustitutivos. El modelo 169 que aprueba esta Orden, en sus versiones para presentación electrónica y presencial, viene a satisfacer esta necesidad y permitirá una separación entre los ingresos no sujetos, cuya declaración-liquidación se mantendrá en el modelo 046 y los ingresos sujetos a IVA.

En virtud de todo lo cual, y en uso de las atribuciones que me confiere el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria,

DISPONGO

Primero. Aprobación del modelo 169 y de sus diseños físicos y lógicos.

  1. Se aprueba el modelo 169 «De...

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