Orden de 15 de octubre de 2020, por la que se realiza la convocatoria para 2020 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 2 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, publicada en el BOJA núm. 108, de 8 de junio, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura.

La presente orden se enmarca en el ejercicio de la actividad de fomento en materias de la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, desarrollando los objetivos y requisitos del otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo. Así mismo, se tiene en cuenta la competencia exclusiva en la regulación de los procedimientos administrativos derivados de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma, establecida en el artículo 47.1.1.ª de dicho Estatuto de Autonomía.

El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su redacción dada por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, que modifica el anterior, establece en su artículo 12 que corresponde a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, entre otras, las competencias que tenía atribuidas la anterior Consejería de Fomento y Vivienda, así como las competencias en materia de ordenación del territorio y del litoral y urbanismo, que venían siendo ejercidas por la anterior Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Mediante Decreto 107/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019), modificado por Decreto 440/2019, de 2 de abril (BOJA núm. 66, de 5 de abril de 2019), se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, que en su artículo 1.c) contempla que corresponde a esta Consejería entre otras, las competencias de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) y en su artículo 7.2.n) que corresponde a la Secretaría General de Vivienda, la programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.

Considerando lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación y, en concreto, lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 8.3 de la citada Ley, la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Así mismo, el principio de igualdad de género regirá en la concesión de estas subvenciones.

De acuerdo con el artículo único de la Orden de 2 de junio de 2020, las bases reguladoras constan de dos partes:

  1. Un texto articulado, que recoge los aspectos generales de las bases reguladoras, aprobado por la Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019) y que corresponde al artículo numerado que figura entre paréntesis en cada apartado del cuadro resumen.

    El texto articulado de dicha orden se considera parte integrante de estas bases reguladoras.

  2. Un cuadro resumen, que incorpora las particularidades, especificaciones y concreciones propias de estas bases.

    A la vista de todo lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras, en el Título VII del...

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