DECRETO 187/2006, de 24 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Casa Vizarrón, en El Puerto de Santa María (Cádiz).

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 187/2006, de 24 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Casa Vizarrón, en El Puerto de Santa María (Cádiz).

  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido, el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de

    Sevilla, 17 de noviembre 2006 Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del citado Reglamento, a este último dicha declaración.

  2. La Casa Vizarrón de El Puerto de Santa María evoca singularmente la historia hispanoamericana por la dedicación original con que se erigió a fines del siglo XVII por Juan de Vizarrón Araníbar, caballero de la Orden de Alcántara, dedicado al comercio con Ultramar, que estableció en ella su vivienda familiar y la base de operaciones de su actividad. Es un importante ejemplar, pese a las mutilaciones sufridas, de una tipología característica y de gran incidencia en el urbanismo portuense: la de las casas-palacio de cargadores a Indias, notorias por sus dimensiones ya que albergaban usos administrativos y servían de almacenes, además de ser vivienda de sus señores, en las que los materiales nobles y la rica decoración manifestaban la fortuna de sus moradores enriquecidos con el comercio americano.

    En la etapa (1723-1733) en que...

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