DECRETO 360/2003, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 178/2000, de 23 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 360/2003, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 178/2000, de 23 de

mayo, por el que se regula la estructura orgánica de

la Consejería de Agricultura y Pesca.

Mediante la Ley 1/2003, de 10 de abril, se crea el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, como organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo previsto en el artículo 4.1 a) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En la Disposición Adicional Segunda de la Ley 1/2003, de 10 de abril, se dispone que se integrarán en la estructura orgánica y funcional del referenciado Instituto la actual Dirección General de Investigación y Formación Agraria y Pesquera así como los centros que le han sido adscritos por el Decreto 53/2002, de 19 de febrero, por el que se modifica el Decreto 4/1996, de 9 de enero,sobre las Oficinas Comarcales Agrarias y otros servicios y centros periféricos de la Consejería.

En consecuencia y dado que en el Decreto 178/2000, de 23 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca,en su artículo 2 delimita como uno de los centros directivos de la Consejería, la Dirección General de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, se considera que se debe proceder a la necesaria modificación de la estructura orgánica de la propiaConsejería al objeto de adecuar aquélla a lo prescrito tanto en la Ley 1/2003, de 10 de abril, como en el Decreto 359/2003, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.

De conformidad con lo establecido en el artículo 26 apartado 12 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar la estructura orgánica de las Consejerías.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39.2.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio...

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