Orden de 22 de noviembre de 2011, por la que se modifica la Orden de 10 de octubre de 2011, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2011.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Las particularidades del cierre del presente ejercicio 2011 y la necesidad de adaptar las operaciones del mismo a las diversas circunstancias surgidas que han de condicionarlo, requieren la adopción de medidas adicionales para ordenar dicho cierre, garantizando que las operaciones en materia de ingresos y gastos presupuestarios se realicen de forma que permitan la respuesta adecuada a dichas circunstancias.

A tal efecto, resulta necesario modificar la Orden de 10 de octubre de 2011, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2011.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 10 de octubre de 2011, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2011.

La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 10 de octubre de 2011, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2011, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica la letra c) del apartado 2 del artículo 3, que queda redactada de la siguiente forma:

c) En el caso de modificaciones presupuestarias relativas a créditos cofinanciados con fondos europeos o financiados con otras transferencias finalistas contabilizadas después del 30 de noviembre, las Intervenciones correspondientes podrán ampliar el plazo de tramitación de las propuestas de documentos de gestión contable ?AD?, hasta una fecha razonable que permita ultimar la gestión del expediente, sin que dicho plazo pueda exceder del día 29 de diciembre.

Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 3, que queda redactado de la siguiente manera:

3. Las propuestas de documentos del Capítulo I, las correspondientes a las transferencias a las agencias administrativas para financiar su Capítulo I, las propuestas de documentos ?ADOP?, ?DOP?, ?OP?, y sus barrados correspondientes, que amparen compromisos de gastos cofinanciados con fondos europeos o financiados con otras transferencias finalistas o que correspondan al Capítulo IX del Servicio Autofinanciada, las propuestas de documentos barrados ?ADOP, ?DOP? y ?OP? contabilizados en el Servicio Autofinanciada, las propuestas de documentos relativos a expedientes de tramitación anticipada y expedientes...

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