ORDEN de 1 de julio de 2003, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de Granada Sur-Oeste.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 1 de julio de 2003, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de Granada Sur-Oeste.

El Reglamento (CE) núm. 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, dicta en el Capítulo II de su Título V las normas relativas a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos y, en particular, la utilización de indicaciones geográficas.

En el artículo 51 del Reglamento citado se establecen las condiciones a que se pueden supeditar los Estados Miembros la utilización del nombre de una indicación geográfica para designar un vino de mesa.

En el Anexo VII del mismo Reglamento se determina en su apartado A.2.b) que podrá utilizarse en la designación de un vino de mesa con indicación geográfica la mención «Vino de la Tierra», acompañado del nombre de la unidad geográfica.

El Real Decreto 409/2001, de 20 de abril (BOE núm. 114, de 12 de mayo de 2001), establece las reglas generales de utilización de indicaciones geográficas en la designación de vinos de mesa. Por otra parte, en su artículo 5 regula las competencias de las Comunidades Autónomas y establece los requisitos necesarios para la utilización de una indicación geográfica en la designación de un vino de mesa, cuando el área geográfica correspondiente a dicha indicación esté incluida en su territorio.

La Comunidad Autónoma de Andalucía ha asumido las competencias en la materia, en virtud de los artículos 18.1.4.º y 13.16 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, las cuales son ejercidas a través de la Consejería de Agricultura y Pesca en base a lo establecido en el Decreto 178/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Por todo ello, teniendo en cuenta la solicitud de la Asociación de Bodegueros y Viticultores de Granada Sur-Oeste para la utilización de la mención de «Vino de la Tierra» en los vinos de mesa originarios de «Granada Sur-Oeste», y el pliego de condiciones elaborado, a propuesta de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria y en uso de las facultades que tengo conferidas,

DISPONGO

Artículo primero Autorización.

Se autoriza la mención «Vino de la Tierra Granada Sur-Oeste» a los vinos originarios de Granada Sur-Oeste de la provincia de Granada definidos...

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