Decreto 109/2014, de 1 de julio, por el que se inscriben en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, varios yacimientos arqueológicos en el término municipal de Porcuna (Jaén).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. Las intervenciones arqueológicas que se han llevado a cabo en el enclave de Ibolca-Obulco-Obulcon-Bulkuna-Porcuna desde hace cerca de cuatro décadas, avaladas por un Proyecto General de Investigación conocido como «Proyecto Porcuna» dirigido por el Dr. Oswaldo Arteaga Matute, así como las últimas actuaciones llevadas a cabo en el casco urbano de la ciudad, han puesto de manifiesto la existencia de un complejo patrimonio que cubre un amplio período histórico que va desde el Neolítico final hasta la actualidad, y que en algunos puntos de su territorio se extiende, al menos, hasta el Paleolítico superior. Como muestra de esa riqueza patrimonial legada a lo largo de los siglos, no sólo quedan varios inmuebles arqueológicos hoy excavados de época prehistórica, íbera o romana; sino también varias construcciones emergentes de especial importancia como las torres y lienzos de murallas del castillo y la villa, una de las sedes principales de la Orden de Calatrava o la iglesia gótica del Priorato de San Benito.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 12 de julio de 2013 (BOJA núm. 146, de 26 de julio de 2013), incoó procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, de varios yacimientos arqueológicos en el término municipal de Porcuna (Jaén), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

    Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Jaén, con fecha 3 de febrero de 2014, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

    De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 40, de 27 de febrero de 2014), y de audiencia al Ayuntamiento de Porcuna. Durante la tramitación del procedimiento no se recibieron alegaciones.

    Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, de varios yacimientos arqueológicos en el término municipal de Porcuna (Jaén), que se describen en el Anexo.

    A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede la inscripción de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

    De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la práctica gratuita de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

    En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de julio de 2014,

    ACUERDA

    Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, varios yacimientos arqueológicos en el término municipal de Porcuna (Jaén), cuya descripción y delimitación figuran en el anexo al presente Decreto.

    Segundo. Establecer las Instrucciones Particulares que figuran en el anexo al presente Decreto.

    Tercero. Instar la inscripción de este bien inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, así como en el Registro de la Propiedad correspondiente.

    Cuarto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

    Quinto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

    Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Sevilla, 1 de julio de 2014

    SUSANA DÍAZ PACHECO
    Presidenta de la Junta de Andalucía
    LUCIANO ALONSO ALONSO
    Consejero de Educación, Cultura y Deporte
    ANEXO
  4. DENOMINACIÓN

    Principal: Varios yacimientos arqueológicos en el municipio de Porcuna.

    Secundaria. Los siguientes yacimientos individuales:

    Ciudad de Ibolca-Obvlco-Obolcon-Bulk?na-Porcuna: sectores en parajes o barrios de «La Fuencaliente», «La Cañada Rasgavaras», «Los Alcores», «La Dehesa de los Potros», «El Arroyo Hondo», «La Calderona», «San Benito (rústica)», «San Benito (urbana)-Santa Ana», «La Peñuela o Las Peñuelas», «San Marcos (rústica)», «San Marcos (urbana)», «El Barruelo», «San Lorenzo», «El Convento de las Dominicas-El Molinillo Viejo», «La Parroquia», «Castillo-San Francisco-Las Torres», «San Juan de Dios», «San Juan Bautista-San Ildefonso», «El Albercón», «La Cruz de Arena-El Parral», «Los Cantones de Balbina» y «El Pozo Piojo».

    Necrópolis septentrionales: yacimientos arqueológicos del «El Molino del Rey-El Matadero» y «La Cruz del Castillejo».

    Necrópolis y sileras meridionales: yacimientos arqueológicos de «Las Parihuelas», «La Cruz de la Monja», necrópolis y silera de «El Albaicín» y necrópolis y silera de «El Ejido de San Sebastián-Jesús».

    Necrópolis orientales: yacimientos de «Sepulcro-San Cristóbal», «El Camino-Alto-El Muro», «Las Casas Nuevas», «La Cruz Blanca» y «El Ejido de Napoleón-El Campo de Fútbol».

    Yacimiento de «Huerta de los Cachumbos».

    Yacimientos de «La Silera o Silera del Rey».

    Fortificaciones romanas.

    Yacimientos prehistóricos de «La Peña de la Grieta» y «Los Farallones del Sulfuro».

    Yacimiento prehistórico de «La Cueva del Enamorado» o «de los Enamorados».

    Yacimiento romano de la «La Dehesa de los Potros».

    Yacimiento prehistórico e histórico de «El Albalate».

    Yacimiento prehistórico e histórico «El Berral» o la Huerta de Albalate».

    Yacimiento romano y medieval de «El Vélez» o «El Pozo del Vélez».

    Yacimiento de las «Huertas del Vélez», «Huerta de la Galga», «Huertas de La Tenería», y «Huerta de Mengíbar».

    Villa romana de «La Sendilla Golosa».

    Villa romana de «Chichimao» o de «El Pozuelo».

    Villa romana de «La Cabra Mocha».

    Villa romana de «El Cerro de Camacho».

  5. LOCALIZACIÓN

    Provincia: Jaén.

    Municipio: Porcuna.

  6. DESCRIPCIÓN DEL BIEN

    Los yacimientos se localizan en el valle medio del río Salado de Porcuna, ocupando varios cerros amesetados ricos en recursos de la campiña alta del valle del Guadalquivir. Este asentamiento tiene origen en el...

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