DECRETO 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65.3 del Estatuto de Autonomía, la ordenación general y la coordinación supramunicipal de las policías locales andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.

El Título V de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuentra desarrollado por el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los Cuerpos de la Policía Local.

Analizada la experiencia de los procesos selectivos y comprobada la incorporación creciente de nuevas tecnologías a la labor policial, se hace aconsejable tener en cuenta nuevos requisitos y aptitudes que han de reunir las personas aspirantes a formar parte de los Cuerpos de la Policía Local, tales como el grado de tecnificación y especialización, más relevantes hoy día que otros más clásicos, como la talla mínima exigible.

De esta manera, se constata que el requisito de la estatura provoca la eliminación de un número considerable de posibles aspirantes que reúnen el resto de los requisitos exigidos para el ejercicio de las funciones que desempeñan los Cuerpos de la Policía Local. Por todo ello, resulta necesario llevar a cabo una adecuación del requisito de la estatura mínima, que queda ahora establecida en 1,65 metros para hombres y 1,60 metros para mujeres.

Por otro lado, el sistema de acceso por movilidad, regulado en el Capítulo IV del Decreto 201/2003 en desarrollo de las previsiones de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, debe ser ajustado a las circunstancias actuales en lo referente al procedimiento de selección y a la posibilidad de diferir los ceses por parte de los Ayuntamientos que sufran una considerable merma de su plantilla. Con estas modificaciones se pretende establecer una ordenación de la movilidad que permita mantener y mejorar los niveles de servicio público a la ciudadanía, con respeto al derecho reconocido en el artículo 45 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernación, de conformidad con los artículos 21.3 y 27.6 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de febrero de 2008,

D I S P O N G O

Artículo único

Modificación del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.

El Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 18.1.c) queda redactado del siguiente modo:

c) Estatura mínima 1,65 metros para los hombres y 1,60 para las mujeres. Los aspirantes que ya sean funcionarios o funcionarias de carrera de un Cuerpo de la Policía Local de Andalucía, estarán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR