DECRETO 93/2004, de 9 de marzo, por el que se regula el informe de evaluación de impacto de género en los proyectos de ley y reglamentos que apruebe el Consejo de Gobierno.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 93/2004, de 9 de marzo, por el que se regula el informe de evaluaciÛn de impacto de gÈnero en los proyectos de ley y reglamentos que apruebe el Consejo de Gobierno.

En el mes de febrero de 1996, la ComisiÛn Europea aprobÛ la ComunicaciÛn ´Integrar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el conjunto de las polÌticas y acciones comunitariasª para el cumplimiento del compromiso recogido en la Plataforma de AcciÛn aprobada en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de PekÌn, 1995.

En ella queda definido el principio de Transversalidad como una actuaciÛn necesaria a implementar por los Estados

Miembros dirigida a integrar la perspectiva de gÈnero en todas las polÌticas y los programas generales. Es decir, no limitar los esfuerzos de promociÛn de la igualdad a la ejecuciÛn de medidas especÌficas a favor de las mujeres (polÌticas de acciÛn positiva) sino actuar de forma transversal en todas las acciones y polÌticas generales.

Con la entrada en vigor el 1 de mayo de 1999 del Tratado de Amsterdam, se formaliza el objetivo marcado explÌcitamente de que todas las actividades de la UniÛn Europea deben dirigirse a eliminar las desigualdades y a promover la igualdad entre hombres y mujeres (artÌculos 2 y 3).

Este compromiso comunitario, asÌ como el imperativo legal de igualdad de trato y no discriminaciÛn por razÛn de sexo que propugna nuestra ConstituciÛn en su artÌculo 14, y el propio Estatuto de AutonomÌa para AndalucÌa en su artÌculo 12.1 de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, ha llevado al Gobierno Andaluz a considerar la necesidad de que todas las medidas legislativas y reglamentarias que apruebe tengan en consideraciÛn su repercusiÛn en los hombres y mujeres, teniendo dicho compromiso plasmaciÛn concreta en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, en cuyo artÌculo 139.1 se establece la obligatoriedad de incluir en la tramitaciÛn de los proyectos de ley y reglamentos que apruebe el Consejo de Gobierno un informe...

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