RESOLUCION de 5 de mayo de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Delegado Provincial de Granada para la concesión de una subvención.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCION de 5 de mayo de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Delegado Provincial de Granada para la concesión de una subvención.
Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley Generalde Sanidad.
En este sentido, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada solicita la delegación de competencias para la concesión de una subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Albuñuelas (Granada), para la construcción de un Consultorio en esa localidad.
Las actuaciones a subvencionar consisten en la construcción de un Consultorio en Albuñuelas, por un importe de noventa mil euros (90.000 E).
En consecuencia, en el ejercicio delas competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el art.
69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art. 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y la Orden de 22 de mayo de 2003, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de Centros Sanitarios de la Red de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el art. 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero. Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada la competencia para la concesión de una subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Albuñuelas (Granada), para la construcción de un Consultorio en esa localidad, por unimporte de noventa mil euros (90.000 E), en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de mayo de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
RESOLUCION de 5 de mayo de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Delegado Provincial de Granada para la concesión de una subvención.
Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada solicita la delegación de competencias para la concesiónde una Subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Busquístar (Granada), para la adaptación y climatización del Consultorio de esa localidad.
Las actuaciones a subvencionar consisten en la adaptación y climatizacióndel Consultorio de Busquístar, por un importe de tres mil euros (3.000 E).
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el art. 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art. 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y la Orden de 22 de mayo de 2003, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de Centros Sanitarios de la Red de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el art. 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero. Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada la competencia para la concesión de una Subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Busquístar (Granada), para la adaptación y climatización del Consultorio de esa localidad, por un importe de tres mil euros (3.000 E), en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de mayo de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
RESOLUCION de 5 de mayo de2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Delegado Provincial de Granada para la concesión de una subvención.
Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada solicita la delegación de competencias para la concesión de una subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Cástaras (Granada), para la adaptación y climatización de los Consultorios de Cástaras y Nieles.
Las actuaciones a subvencionar consisten en la adaptación y climatización de los Consultorios de Cástaras y Nieles, por un importe de seis mil euros (6.000 E).
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el art. 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art. 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y la Orden de 22 de mayo de 2003, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de Centros Sanitarios de la Red de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el art. 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero. Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada la competencia para la concesión de una subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Cástaras (Granada), para la adaptación y climatización de los Consultorios de Cástaras y Nieles, por un importe de seis mil euros (6.000 E), en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de mayo de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
RESOLUCION de 5 de mayo de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competenciasen el Delegado Provincial de Granada para la concesión de una subvención.
Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada solicita la delegación de competencias para la concesión de una Subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Chauchina (Granada), para la construcción de un Consultorio en esa localidad.
Las actuaciones a subvencionar consisten en la construcción deun Consultorio en Chauchina, por un importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 E).
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el art.
69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art. 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y la Orden de 22 de mayo de 2003, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de Centros Sanitarios de la Red de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el art. 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero. Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada la competencia para la concesión de una Subvención, mediante Convenio de Colaboración en su caso, al Ayuntamiento de Chauchina (Granada), para la construcción de un Consultorio en esa localidad, por un importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 E), en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Segundo. La presente Resolución entrar en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de mayo de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
RESOLUCION de5 de mayo de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Delegado Provincial de Granada para la concesión de una subvención.
Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de...
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