DECRETO 480/2004, de 7 de septiembre, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos y de la Comisión de Política Económica.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 480/2004, de 7 de septiembre, por el que se regula la composición y funciones de la Comi sión Delegada de Asuntos Económicos y de la Comisión

de Política Económica.

La Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos, creada mediante el Decreto 102/1982, de 27 de agosto, ha sido objeto de diversas modificaciones normativas referidas a su composición y funciones, encontrándose actualmente regulada por el Decreto 12/1992, de 4 de febrero, modificado por el Decreto 419/1994, de 25 de octubre. Esta regulación requiere ser adaptada a los nuevos retos que en materia económica afronta la Comunidad Autónoma de Andalucía, fundamentalmente en lo que se refiere a las funciones de la referida Comisión Delegada y al órgano colegiado de carácter interdepartamental que debe apoyar las mismas.

En efecto, Andalucía ha experimentado, desde la creación de la Comunidad Autónoma, una profunda transformación económica y social, que permite, a la luz de los cambios que están operando en el contexto económico, poner en marcha nuevas iniciativas estratégicas que sean útiles y capaces de potenciar el papel de Andalucía en el escenario económico internacional. De esta forma, la Segunda Modernización de Andalucía aborda los retos, fundamentalmente económicos, del nuevo contexto internacional caracterizado por la apertura mundial de los mercados, la ampliación de la Unión Europea, la consolidación de grandes espacios supranacionales y la revolución tecnológica.

El programa de esta Segunda Modernización de Andalucía se fundamenta en el protagonismo de las actividades productivas en este nuevo impulso económico. La paulatina reorientación del tejido productivo hacia un nuevo tipo de especialización en actividades en las que la innovación y el conocimiento sean más relevantes, constituye un reto de gran trascendencia, fundamentalmente para las empresas, como protagonistas del nuevo cambio estructural en marcha y de las principales adaptaciones que el mismo requiere. Asimismo, constituye un reto para la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud de las políticas que desarrolla, entre otras, las relativas a investigación y desarrollo tecnológico, sectores productivos, infraestructuras, comunicaciones y medioambientales, que pueden favorecer e impulsar la acumulación de múltiples recursos que son claves para mejorar la productividad de la economía andaluza.

Mediante el presente Decreto se modifica la denominación y funciones de la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos y se adecua su composición a la actual organización departamental de la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo se dota a la Comisión Delegada de un nuevo órgano de apoyo, la Comisión de Política Económica, suprimiéndose el Comité de Inversiones Públicas de Andalucía, y se simplifica la gestión del Banco de Proyectos de Inversiones Públicas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26.5 y 39.2.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de los Consejeros de la Presidencia y de Economía y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de septiembre de 2004,

DISPONGO

Artículo 1 Denominación de la Comisión Delegada.

La Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Eco

nómicos pasa a denominarse Comisión Delegada de Asuntos Económicos.

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