DECRETO 325/1984 de 18 de diciembre por el que se establecen las normas de funcionamiento del servicio de Depósito Legal de Andalucía.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE CULTURA |
Rango de Ley | Decreto |
Es deber ineludible de toda comunidad histórica la conservación de su Patrimonio Bibliográfico y Documental. El Depósito Legal de Andalucía permitirá dicha conservación a la vez que contribuirá al mantenimiento de las tradiciones culturales, a la toma de conciencia de la evolución histórica y cultural de la misma, y a la recopilación de todos los registros culturales producidos en Andalucía, para su posterior difusión en beneficio de dicha comunidad.
La Ley 8/1983, de 3 de noviembre (BOJA 8 de noviembre) de Bibliotecas, definió a la Biblioteca de Andalucía como órgano encargado de recoger, conservar y difundir el Patrimonio Bibliográfica Andaluz y toda la producción impresa, sonora y visual de, y, sobre Andalucía, estableciendo la obligación de depósito de un ejemplar de todo lo publicado en Andalucía en concepto de Depósito Legal.
El R.D. 1075/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de Cultura, específica el número de ejemplares que han de ser depositados en las oficinas de Depósito Legal de Andalucía.
Vistas las disposiciones referidas y el Decreto de 30 de noviembre de 1981 y el Real Decreto 864/1984 de 29 de febrero.
En virtud, con aprobación de la Consejería de Presidencia, a propuesta de la Consejería de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de 18 de diciembre de 1984
DISPONGO:
El Depósito Legal en Andalucía será atendido desde el Negociado de Depósito Legal orgánicamente adscrito a la Dirección General del Libro Bibliotecas y Archivos y contará con una Oficina Provincial en cada una de las ocho capitales andaluzas.
El horario de servicio al público se fijará en una placa colocada en la puerta de entrada y en el lugar más fácilmente visible.
La placa tendrá la siguiente inscripción: «Junta de Andalucía. Consejería de Cultura. Depósito Legal. Abierta al pública de 9 a 14 horas¯.
Son objeto de Depósito Legal los escritos, estampas, imágenes y composiciones musicales producidas en Andalucía, en ejemplares múltiples con fines de difusión y hechas por procedimientos mecánicos, químicos a cualquier otro que pudiera inventarse en el futuro.
Comprenderá por tanto:
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Libros, sea cualquiera la índole de su contenido y la forma de impresión y estén a no destinados a la venta.
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Folletos, o sea escritos cuyo número de páginas sea mayor de...
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