DECRETO 414/1990, de 26 de diciembre, por el que se dictan normas especiales para facilitar el acceso a la propiedad de los titulares- adjudicatorios de viviendas de promoción pública, en régimen de acceso diferido a la propiedad.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES |
Rango de Ley | Decreto |
El régimen de uso y tenencia de las viviendas de promoción pública, se ha venido configurando a través de los distintos régimenes que, al efecto se han regulado en las sucesivas normativas sobre viviendas de Promoción Oficial, de acuerdo con las circunstancias económicas y sociales de cada momento.
Entre estos ha tenido especial importancia por su singularidad, el acceso diferido a la propiedad, a través del cual se transfería al cesionario la posesión de la vivienda, conservando la Administración el dominio de la misma hasta tanto aquél le satisfaciera la totalidad de las cantidades que componían el precio de la vivienda, en su plazo entre 30 y
40 años.
Así, la Administración tiene en la actualidad aún un gran sector patrimonial de viviendas en régimen de acceso diferido a la propiedad, que se encuentran en el último estadio de amortización, considerándose lo más adecuado ofertar a los titulares de las mismas la posibilidad de acceder a la propiedad, previa liquidación de las...
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