DECRETO 461/1994, de 7 de diciembre, por el que se aprueban medidas extraordinarias para el saneamiento financiero de los Ayuntamientos de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 238/1988, de 21 de junio, se aprobaron medidas de saneamiento de las haciendas de las Entidades Locales territoriales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, constituyendo las medidas extraordinarias previstas en el presente Decreto la segunda operación de saneamiento financiero de los Ayuntamientos andaluces. La Junta de Andalucía, sensible a la situación de las Haciendas Municipales y en el marco del Pacto Local Andaluz, arbitra a través de este Decreto un conjunto de ayudas a los Ayuntamientos andaluces, cifradas en subvencionar hasta un máximo de siete puntos de interés las operaciones destinadas a refinanciar la deuda procedente de la financiación de inversiones de aquellos Ayuntamientos cuya carga financiera alcance o rebase el 20% de sus derechos liquidados por operaciones corrientes, así como en cofinanciar los estudios financieros precisos que permitan la adopción de medidas tendentes a alcanzar a medio plazo el equilibrio presupuestario. De otro lado, se canaliza también financiación privilegiada para las operaciones de refinanciación.

Las indicadas ayudas habrán de solicitarse por los Ayuntamientos conjuntamente. Asimismo, la resolución de concesión comprenderá la totalidad de las ayudas mencionadas, sin que pueda concederse individualmente cualquiera de ellas, articulándose un procedimiento que, en aras de la seguridad jurídica, prevé la formalización de la operación de refinanciación una vez conocido el importe de la subvención. De este modo, se pretende conseguir que la Hacienda de los Ayuntamientos de Andalucía siente las bases para sanear sus finanzas, al tiempo que vea mejorada, de inmediato, los niveles de carga financiera y volumen de deuda que actualmente soportan, cuestiones que, en definitiva, se traducirán en una mejora de los flujos de pagos de los mismos. En su virtud, a propuesta de las Consejerías de Gobernación y de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Andaluz de Municipios, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de diciembre de 1994,

DISPONGO

Artículo 1 Finalidad.

El presente Decreto establece un conjunto de medidas económicas y financieras tendentes a posibilitar el saneamiento financiero de la Hacienda de los Ayuntamientos de Andalucía.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas reguladas en este Decreto, los Ayuntamientos cuya carga financiera a 31 de diciembre de 1993 sea igual o superior al 20%. Se entenderá por carga financiera la definida por el artículo54 de la Ley

39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales. A tal efecto, se requerirá:

  1. Realizar los estudios e informes precisos sobre el estado de las cuentas a 31 de diciembre de 1993, que acrediten la carga financiera real existente a esa fecha.

  2. Elaborar un plan de saneamiento tendente a garantizar la consecución del equilibrio presupuestario a medio plazo.

Artículo 3 Tipos de Ayudas.
  1. Las medidas económicas y financieras para posibilitar el saneamiento financiero de la Hacienda de los Ayuntamientos andaluces, consistirán en:

    1. Ayuda a la financiación de la elaboración de los estudios e informes sobre el estado de las cuentas a 31 de diciembre de 1993, que acrediten la carga financiera...

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