RESOLUCION de 24 de julio de 2000, de la Dirección General de Formación Profesional, sobre la organización de pruebas extraordinarias de evaluación en los ciclos formativos de Formación Profesional Específica.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 24 de julio de 2000, de la Dirección General de Formación Profesional, sobre la organización de pruebas extraordinarias de evaluación en los ciclos formativos de Formación Profesional Específica.

La Disposición Adicional Segunda de la Orden de 30 de abril de 1999 (BOJA de 27 de mayo), por la que se regulan las enseñanzas de determinados ciclos formativos de Formación Profesional Específica para las personas adultas, establece que el alumnado que haya agotado el número máximo de convocatorias en las que puede obtener calificación final en un módulo profesional, tanto en el régimen ordinario como en la oferta formativa de adultos, podrá disponer de una prueba extraordinaria de evaluación organizada por los Centros Educativos, previa autorización de la Dirección General de Formación Profesional.

Por otra parte, la Disposición Final Primera de la citada Orden autoriza a la Dirección General de Formación Profesional a desarrollar e interpretar el contenido de la misma, en el ámbito de sus competencias.

Por ello, esta Dirección General de Formación Profesional ha considerado dictar la siguiente Resolución:

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene como objeto regular el procedimiento a seguir por los Centros docentes públicos y privados para realizar pruebas extraordinarias de evaluación en los ciclos formativos de Formación Profesional Específica.

Segundo. Solicitud de prueba extraordinaria de evaluación.El alumnado que haya agotado el número máximo de veces que puede tener calificación final en un módulo profesional determinado podrá solicitar convocatoria extraordinaria siempre que concurran las circunstancias que se establecen a continuación, a tenor del procedimiento que se regula en la presente Resolución.

Las circunstancias que podrán concurrir para la solicitud de la convocatoria extraordinaria son: Enfermedad prolongada, prestación del servicio militar o el servicio social sustitutorio, incorporación a un puesto de trabajo estable y aquellas otras que por su gravedad hayan podido influir en el menor rendimiento académico del alumno o alumna.

Tercero. Presentación de solicitudes.

La...

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