DECRETO 101/2007, de 10 de abril, que modifica el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y el Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 101/2007, de 10 de abril, que modifica el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y el Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

De conformidad con el artículo 8 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, la Dirección General de Administración Local tiene encomendado el desarrollo y ejecución de las actividades encaminadas a la coordinación con las Corporaciones Locales Andaluzas. Le corresponde la ordenación, ejecución y control de todas las medidas tendentes a la gestión de las competencias que en materia de Administración Local están atribuidas a la Junta de Andalucía.

Particularmente en el artículo 8.17 se indica que, corresponderá a la Dirección General de Administración Local, además, cualesquiera otra competencia que se transfiera a la Comunidad Autónoma a tenor de lo dispuesto en el artículo 60.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como las que se deleguen por el Estado de conformidad con el artículo 150 de la Constitución Española.

Las tradicionales funciones atribuidas por la normativa básica de aplicación al funcionariado de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, necesarias en todas las Corporaciones Locales y cuya responsabilidad administrativa le está reservada, son: las de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo; y las de Intervención y Tesorería que comprenden el control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera, la presupuestaria y contable, así como la de tesorería y recaudación. Dichas funciones se configuran como básicas en el normal funcionamiento de las Entidades Locales, sobre todo en los pequeños Municipios.

En la Conferencia Sectorial para Asuntos Locales, donde se tratan temas relacionados con el funcionariado habilitado de carácter nacional, participan representantes de la Administración...

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