ORDEN de 6 de marzo de 2006, por la que se integra al personal funcionario en las nuevas especialidades creadas en el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Ley 1/2003, de 10 de abril (BOJA núm. 83, de 5 de mayo), se crea el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, como organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo previsto en el artículo 4.1.a) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y adscrito a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, según Decreto 201/2004, de 11 de mayo (BOJA núm. 95, de 17.5.04). En el artículo 14 de la Ley se crean las especialidades de Investigación Agraria y Pesquera en el Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía (A.2.2) y de Desarrollo Agrario y Pesquero en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio de la Junta de Andalucía (B.2.2), incluyéndolas en los Grupos A y B, respectivamente, de los señalados en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de Función Pública de la Junta de Andalucía.
La Orden de 9 de septiembre de 2005 (BOJA núm. 188, de 26 de septiembre), reguló el proceso de integración del personal funcionario afectado por la creación de las nuevas especialidades, "A.2.2 Investigación Agraria y Pesquera" y "B.2.2 Desarrollo Agrario y Pesquero" en el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo único de la mencionada Orden, con fecha 28 de diciembre de 2005, mediante resolución de la Consejería de Justicia y Administración Pública, se aprueba la relación provisional del personal que ha solicitado su integración en las nuevas Especialidades del Instituto, así como del personal excluido con indicación de las causas que han dado lugar a dicha exclusión.
Transcurrido el plazo establecido en la Resolución de 28 de diciembre de 2005, vistas las alegaciones formuladas, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo único de la Orden de 9 de septiembre de 2005, y en uso de las facultades atribuidas a esta Consejería por el artículo 5 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de Función Pública de la Junta de...
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Otros documentos interesantes:
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- Corrección de errores de la Orden de 25 de octubre de 1983 por la que se aprueba la Norma General de Calidad para la Leche Condensada destinada al mercado interior.