DECRETO 49/2006, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006 para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Escuelas de Artes...

Sección2. Autoridades y Personal
Rango de LeyDecreto

DECRETO 49/2006, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006 para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Escuelas de Artes Plásticas y Diseño, y se prevé la convocatoria para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios docentes.

El régimen de la Oferta de Empleo Público en la Administración de la Junta de Andalucía para el año 2006 viene determinado por el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de

noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta

de Andalucía.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación

General del Sistema Educativo, en sus Disposiciones Adicionales décima a decimoquinta y la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en sus Disposiciones Adicionales octava a duodécima, contienen las normas que junto con las recogidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

constituyen, entre otras las bases del régimen estatutario de

los funcionarios docentes.

El Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, sobre ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, dispone como requisito previo a las convocatorias para la provisión de plazas, la publicación por las Administraciones Educativas, de las respectivas ofertas de

empleo.

El conocimiento del estado actual del sistema educativo,

así como las necesidades en orden a la mejora de la calidad

de la enseñanza, hacen aconsejable la convocatoria de los

correspondientes procesos selectivos que permitan adecuar las

plantillas actuales.

En consecuencia es preciso ofertar las oportunas plazas

que garanticen el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Asimismo, el citado Real Decreto 334/2004, de 27 de

febrero, prevé la posibilidad de que las Administraciones Educativas realicen convocatorias para que los funcionarios docentes que dependan directamente de las mismas puedan adquirir nuevas especialidades.

En otro orden de cosas, la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados, modifica la Disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

estableciendo en las ofertas de empleo públicas un cupo de

reserva no inferior al cinco por ciento de las vacantes para

ser cubiertas entre personas con discapacidad cuyo grado de

minusvalía sea igual o superior al treinta y tres por ciento.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4.2.f) y 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía,

habiéndose cumplido lo dispuesto en el artículo 32.c) de la

Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de representación,

determinación de las condiciones de trabajo y participación

del personal al servicio de las Administraciones Públicas, previo

informe de la Consejería de Justicia y Administración Pública,

a propuesta de la Consejera de Educación, y previa deliberación

del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de marzo

de 2006,

DISPONGO

Artículo 1 Aprobación de la oferta.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente

al año 2006, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza

Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional,

de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de

Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Artes Plásticas

y Diseño en los términos que figuran en el Anexo a este Decreto.

Artículo 2 Convocatoria.

La convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizará mediante Orden de la Consejería de Educación.

Artículo 3 Distribución de plazas.

Del total de plazas que se ofertan se reservará como mínimo un 5 por 100 para personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por 100.

Las plazas reservadas a las personas con discapacidad

que no resulten cubiertas por las mismas se acumularán a

las restantes ofertadas.

Disposición adicional única Realización de convocatorias

para la adquisición de nuevas especialidades.

La Consejería de Educación realizará las convocatorias

para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en la normativa que resulte de

aplicación.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Habilitación para desarrollo y

aplicación.

Se autoriza a la Consejera de Educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda Vigencia.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al

de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de marzo de 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

ANEXO

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2006

CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA,

CUERPO DE PROFESORES TECNICOS DE FORMACION PROFESIONAL, CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, CUERPO DE PROFESORES DE MUSICA Y ARTES ESCENICAS Y CUERPO DE PROFESORES

DE ARTES PLASTICAS Y DISEÑO

TOTALES: 2.823

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones y concursos

RESOLUCION de 30 de enero de 2006, de la

Secretaría General para la Administración Pública, por

la que se hace pública la relación definitiva de aprobados/as y se ofertan vacantes a los/as aspirantes seleccionados/as en las pruebas selectivas de acceso

libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo,

opción Química.

Propuesta por la correspondiente Comisión la relación

definitiva de aprobados/as, en las pruebas selectivas por el

sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior

Facultativo, opción Química, convocadas por Orden de esta

Consejería de 15 de noviembre de 2004 (BOJA núm. 237,

de 3 de diciembre), procede dar cumplimiento a la base octava

de la misma.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública ha resuelto:

Primero. Hacer pública la relación definitiva de aprobados/as en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Química

(A.2011).

La citada relación estará expuesta en la Consejería de

Justicia y Administración Pública, en el Instituto Andaluz de

Administración Pública, en las Delegaciones del Gobierno de

la Junta de Andalucía, en la Subdelegación del Gobierno del

Campo de Gibraltar y en las Delegaciones Provinciales de la

Consejería de Justicia y Administración Pública.

Segundo. Ofertar vacantes a los/as aspirantes que figuran

en la relación definitiva de aprobados/as, que dispondrán de

un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar la petición de destino,

a la vista de las vacantes ofertadas, dirigida al Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el Registro de la Consejería de Justicia y Administración Pública, sito en

Plaza de la Gavidia, núm. 10, 41071 Sevilla, y en las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública en las distintas provincias andaluzas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13

de enero, y en el artículo 51.2. de la Ley 6/1983, de 21

de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia de los puestos ofertados, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero.

    En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

  2. Fotocopia del Título Académico Oficial exigido para

    el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de

    haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos

    para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en

    el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen

    medidas organizativas para los servicios administrativos de

    atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería

    de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165,

    de 23 de diciembre).

  3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio

    de funciones públicas.

  4. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

  5. Petición de destinos, conforme al modelo que se publica

    como Anexo II de la presente Resolución.

    Los/as aspirantes que tengan la condición de discapacitados/as, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán presentar certificado de los órganos competentes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u organismos

    similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal

    condición, especifique el grado de discapacidad que padece

    y su...

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