DECRETO 84/2006, de 4 de abril, por el que se desestima la solicitud de creación de la Entidad Local Autónoma Villa de Chilches, en el término municipal de Vélez-Málaga (Málaga).

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 84/2006, de 4 de abril, por el que se desestima la solicitud de creación de la Entidad Local Autónoma Villa de Chilches, en el término municipal de Vélez-Málaga (Málaga). Con el nombre «Villa de Chilches», se denomina un asentamiento de población en el término municipal de Vélez-Málaga, cuyo territorio se encuentra integrado por dos núcleos

principales: uno interior, que se correspondería con la antigua Chilches, y otro en la costa, correspondiente a la urbanización

Puerta de Hierro

, con un subnúcleo que se le une por el suroeste. Dista aproximadamente 20 kilómetros de Vélez-Málaga y contaba con 638 habitantes, según datos referidos al año 1996.

El 16 de octubre de 1995, la mayoría de sus vecinos, representados por una Comisión, iniciaron el procedimiento para constituir el citado núcleo en Entidad Local Autónoma, instando al Ayuntamiento de Vélez-Málaga a impulsar de oficio la iniciativa; ante la falta de pronunciamiento de la Corporación, la Comisión presentó nueva petición el 17 de abril de 1996. Cumplimentada la tramitación establecida en los artículos 49 y 50 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, finaliza su fase municipal con Acuerdo desfavorable a la constitución de la Entidad adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el 14 de abril de 2000.

El expediente tuvo entrada en la Consejería de Gobernación el 27 de abril de 2000, iniciándose la fase autonómica del procedimiento; en la misma se destacan las actuaciones instructoras y de impulso practicadas, tendentes a la subsanación de deficiencias, recabándose de los promotores de la iniciativa la modificación o mejora de la documentación incorporada al expediente. También constan en éste, informes correspondientes a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo -que no formuló objeciones acerca de la incidencia territorial que supondría la creación de la nueva Entidad-, a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias

-que no se pronunció sobre el fondo del asunto-, a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga y a la Dirección General de Administración Local estos últimos contrarios a dicho proyecto.

La decisión que se acuerda, con el apoyo del informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, se encuentra motivada tras haberse verificado la falta de acreditación de varios requisitos previstos en la Ley 7/1993, de 27 de julio:

  1. El...

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