DECRETO 34/2007, de 6 de febrero, por el que se desestima la solicitud de creación de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, en el término municipal de Fuente Palmera, de la provincia de Córdoba.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 34/2007, de 6 de febrero, por el que se desestima la solicitud de creación de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, en el término municipal de Fuente Palmera, de la provincia de Córdoba.

El núcleo de población denominado Ochavillo del Río se encuentra dentro del término municipal de Fuente Palmera, provincia de Córdoba, distando 7 km del principal núcleo poblacional del citado término. El ámbito territorial del núcleo que pretende constituirse en Entidad Local Autónoma limita al Norte con el río Guadalquivir, hasta el camino de servicio que separa el término municipal de Fuente Palmera con el de Posadas. Al Este limita con el arroyo 9006, parcela 63, polígono 14, siguiendo por el camino principal núm. 3 de la Comunidad de Regantes, enlazando con el arroyo «La Sonsailla», hasta llegar a la carretera de Ochavillo del Río a La Herrería. Al Sur limita con esta carretera y con la carretera de Villalón hasta el camino de Ochavillo. Al Oeste limita con el camino de Ochavillo, enlazando con el camino núm. 3 de la Comunidad de Regantes hasta llegar al término municipal de Hornachuelos, limitando con el mismo hasta llegar al río Guadalquivir, pasando por el núcleo de población de Ochavillo del Río, carretera CH-30 y camino Soto del Rey.

La fase municipal del procedimiento de constitución de Ochavillo del Río en Entidad Local Autónoma se inició con la petición suscrita por la mayoría de la vecindad con derecho a voto y residencia habitual en este núcleo de población separado, constituyéndose una Comisión Gestora para actuar en el procedimiento en nombre y representación de dicho núcleo.

La iniciativa vecinal fue presentada en el Ayuntamiento de Fuente Palmera el 22 de diciembre de 2000 y comunicada a la Diputación Provincial.

Posteriormente, se sometió a información pública vecinal por plazo de 30 días y a informe del Pleno del Ayuntamiento de Fuente Palmera y de la Diputación Provincial de Córdoba. El Ayuntamiento se pronunció favorablemente, con fecha 1 de junio de 2001, a la creación de la Entidad, no emitiendo informe la Diputación Provincial.

Confeccionada la memoria, se somete junto con la iniciativa y el resto del expediente a información pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Finalmente, el Pleno del Ayuntamiento de Fuente Palmera, con fecha 19 de enero de 2006, adopta el acuerdo favorable a la constitución de la...

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