RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2008, de la Secretaría General Técnica, referente al levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del «Proyecto de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse de El Retortillo a la ETAP de Écija (Sevilla)». Clave A5.341.927/0411.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2008, de la Secretaría General Técnica, referente al levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del «Proyecto de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse de El Retortillo a la ETAP de Écija (Sevilla)». Clave A5.341.927/0411.

En el ámbito de cooperación de las actuaciones previstas en el Convenio de Colaboración, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas en sistemas generales de abastecimiento de agua, colección y evacuación de aguas pluviales y aguas residuales urbanas y tratamiento de estas últimas, suscrito con fecha 24 de julio de 2006, se encuentra incluida la ejecución del «Proyecto de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse del Retortillo a la ETAP de Écija (Sevilla)». Clave A5.341.927/0411 (Anexo II: Actuaciones Iniciadas y Prioritarias por la Agencia Andaluza del Agua), cuyo objeto contempla parte de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse de El Retortillo (Córdoba) a la ETAP de Écija (Sevilla).

A tal efecto, la Agencia Andaluza del Agua ha aprobado inicialmente, con fecha 7 de noviembre 2005, el «Proyecto de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse del Retortillo a la ETAP de Écija (Sevilla)». Clave A5.341.927/0411. Mediante Resolución de 8 de marzo de 2008 de la Dirección Provincial de Sevilla de la Agencia Andaluza del Agua se somete al trámite de información pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 63, de 3 de abril de 2006, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 80, de 7 de abril de 2006, Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 164, de 11 de septiembre de 2006, y en el Diario El País, de 21 de septiembre de 2006 comunicándose además a los Ayuntamientos de Hornachuelos y Palma del Río (Córdoba), y Écija (Sevilla) para su exposición en el tablón de anuncios, no habiéndose presentado alegaciones al mismo.

Con fecha 5 de mayo de los corrientes la Agencia Andaluza del Agua solicita a esta Consejería la incoación del correspondiente expediente expropiatorio, en nombre del Consorcio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas «Plan Écija» en calidad de beneficiario final y expropiante, habiéndose adoptado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Écija (Sevilla) en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2008 la delegación del ejercicio de la potestad expropiatoria, publicado en el BOP núm. 104, de febrero de 2008, y el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Hornachuelos (Córdoba) en sesión celebrada el día 13 de marzo de 2008, la delegación del ejercicio de la potestad expropiatoria, publicado en el BOP núm. 68 de abril de 2008, en relación con los bienes y derechos necesarios para la ejecución del referido Proyecto, aprobado con fecha 8 de marzo de 2007.

Considerando que el Proyecto sometido a información pública contiene la relación concreta e individualizada de bienes y derechos de necesaria expropiación y afección, la aprobación del mismo por Resolución de 8 de marzo de 2008 conlleva implícitamente la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate. Así como la de la necesidad de urgente ocupación, al objeto de la expropiación, ocupación temporal y definitiva o imposición o modificación de servidumbres, en aplicación de lo establecido en los artículos 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, y 128 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas; siendo de aplicación el procedimiento expropiatorio que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.

A la vista de los antecedentes expuestos, esta Secretaría General Técnica, en ejercicio de las funciones atribuidas en el artículo 7 letra j) del Decreto 194/2008, de 9 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, ha resuelto:

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al «Proyecto de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse del Retortillo a la ETAP de Écija (Sevilla)». Clave A5.341.927/0411, que se desarrollarán en los términos municipales de Écija (Sevilla) y Hornachuelos (Córdoba), por delegación del ejercicio de la potestad expropiatoria acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Écija el 25 de marzo de 2008 y Hornachuelos el 13 de marzo de 2008, según Relación anexa de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo el Consorcio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas «Plan Écija» beneficiario final de los bienes y derechos expropiados. El presente Proyecto contempla parte de la conducción de abstecimiento de agua desde el Embalse de El Retortillo (Córdoba) a la ETAP de Écija (Sevilla).

Al existir nuevos afectados en relación con la Resolución de 8 de marzo de 2008 de la Dirección Provincial de Sevilla de la Agencia Andaluza del Agua por la que se somete al trámite de información pública dicho Proyecto, se abre un plazo de quince (15) días hábiles, computados en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero, del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los nuevos afectados que figuran en el Anexo y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras del Proyecto puedan formular por escrito ante la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla, domiciliada en Avda. de la Innovación, s/n, Edificio Minister, polígono del Aeropuerto, C.P. 41020, Sevilla, y la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Córdoba, domiciliada en C/ Tomás de Aquino, s/n, planta 7.ª, 14071, Córdoba, las alegaciones que consideren oportunas, a los solos efectos de subsanar posibles errores en dicha relación, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación.

Contra la Resolución, de 8 de marzo de 2008, por la que se aprueba el Proyecto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza del Agua, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que corresponda, con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Debido a cuestiones técnicas, han quedado desafectados la siguiente lista de bienes y derechos correspondientes al término municipal de Ecija, a efectos de lo preceptuado en la Ley de Expropiación Forzosa:

TÉRMINO MUNICIPAL DE ÉCIJA

Polígono

Parcela

Titular

Expropiación

E S A O T

6

47

GARCIA GARCIA ANTONIO

0

0

0

6

47

GARCIA GARCIA ANTONIO

0

0

0

6

47

GARCIA GARCIA ANTONIO

35

1833,6

4549

4

39

GAMERO-CIVICO LASTRA, MARGARITA Y 5 MAS

20

616,44

1521,1

4

SIN IDENTIFICAR EN CATASTRO

35

692,7

1696,75

7

217

CA ANDALUCIA

0

0

0

11

86

CA ANDALUCIA

0

0

0

7

24

HERRERA SANCHEZ MANUEL

0

293,16

732,9

5

158

DIPUTACION DE CORDOBA

0

0

0

4

31

Mº FOMENTO

0

0

0

4

31

Mº FOMENTO

0

0

0

5

160

Mº FOMENTO

0

0

0

11

88

MELLADO FUENTES JOSEMARIA Y RAUL

35

925,98

2279,95

11

65

CALLEJA GARCÍA MIGUEL

35

2318,52

5761,3

7

6

OSTOS OSTOS JESUS

0

517,8

1294,5

7

3

MARTINEZ SAGRERA ROSA

35

1529,94

3789,85

7

3

MARTINEZ SAGRERA ROSA

0

0

0

7

9

SAGRERA CAPDEVILA MARTIN

55

5271,84

13124,6

64

105

HUMANES BLAZQUEZ ROSARIO

0

455,7

1139,25

64

106

HUMANES BLAZQUEZ JOSE

0

510,36

1275,9

64

107

HUMANES BLAZQUEZ MARIA DEL CARMEN

15

392,58

966,45

64

38

GARCIA GARCIA ANTONIO

30

1091,82

2699,55

64

113

MARTIN BEATO ROSALIA

0

359,7

899,25

64

112

MARTIN PRADAS MERCEDES

0

413,28

1033,2

64

48

MARTIN PRADAS FLORENTINO

0

497,4

1243,5

64

47

HERRERA UBEDA FERNANDO

0

375,84

939,6

65

31

HERRERA UBEDA FERNANDO

0

1544,7

3861,75

65

32

FERNANDEZ MONTAÑO JOSE MANUEL

0

1560,42

3901,05

65

76

MARTIN PRADAS MERCEDES

0

1036,02

2590,05

65

66

CONSORCIO ABAS AGUAS

0

607,74

1519,35

Razones de operatividad y eficacia administrativa en relación con la ejecución de la obra hidráulica justifican que la Delegación Provincial de esta Consejería en Sevilla y Córdoba prosigan la tramitación del procedimiento, realizando todas las gestiones en orden a la ejecución del presente acuerdo, depósitos previos y ocupación, así como la tramitación del expediente en sus fases de justiprecio y pago.

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación adjunta, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Hornachuelos (Córdoba) el día 30 de junio de 2008, y en las dependencias del Ayuntamiento de Écija (Sevilla) los días 1, 2 ,3 y 4 de julio de 2008 a las horas que figuran al final de esta convocatoria, al objeto de proceder al Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas. Todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se podrán trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el artículo 52, apartado 3.º, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando Certificado del Registro de la Propiedad de titularidad y cargas, escritura pública, los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles de los dos últimos años o fotocopias compulsadas de...

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