DECRETO 282/1995, de 14 de noviembre, por el que se desconcentran determinadas funciones en materia de gasto y contratación en las Delegaciones Provinciales de la Consejería. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Rango de LeyDecreto

El artículo 34.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma dispone que la Administración de la Comunidad Autónoma sirve con objetividad a los intereses generales de Andalucía, de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación y participación.

El Decreto 260/1989, de 19 de diciembre, desconcentró, entre otras, en las Delegaciones Provinciales de la entonces Consejería de Fomento y Trabajo las facultades que correspondían al órgano de contratación en materia de contratos siempre que su cuantía no excediera el límite establecido para la contratación directa en cada momento.

Por su parte, la nueva Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Ley 13/1995, de 18 de mayo, al suprimir la contratación directa como una forma de adjudicación de los contratos, incide de lleno en el Decreto

260/1989, de 19 de diciembre, alterando en gran medida su contenido, lo que hace conveniente replantear, con carácter general, el régimen de competencias desconcentradas de la Consejería, con la derogación consiguiente del Decreto en cuestión.

En dicho replantamiento ha de tenerse en cuenta la experiencia de funcionamiento en materia de contratación acumulada, tanto por la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, como por las que le precedieron en el ejercicio de sus competencias, según las distintas estructuraciones orgánicas, que aconseja que, en aras de una mayor eficacia y rapidez en su tramitación, determinados procedimientos continúen siendo llevados por las Delegaciones Provinciales.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, con aprobación de la Consejería de Gobernación, a propuesta de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de noviembre de 1995.

D I S P O N G O

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