DECRETO 58/1986, de 19 de marzo, por el que se desarrollan las actuaciones integrantes del programa 'Andalucía Joven'.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

La generalización del paro en las economías Europeas, no ha afectado por igual a todos los trabajadores. Una de las consecuencias más significativas de esta crisis ha sido la segmentación que ha provocado en el mercado de trabajo. La población activa ha dejado de ser homogénea y dentro de ella, han nacido sectores de alta marginación. Los jóvenes de

16 a 25 años han sufrido de forma desproporcionada la desaceleración de la actividad económica y las políticas de ajuste. Estos jóvenes aparecen así desplazados de la organización productiva y, en consecuencia los efectos de la recesión les llevan a alejarse de las formas regulares de emplazamiento social, al negarseles las oportunidades de consolidar una situación de independencia personal.

Por otra parte, las distancias entre las oportunidades de obtener una colocación estable y los jovenes que tratan de acceder al mercado se hacen aún más dilatadas en los casos en que éstos no han recibido la instrucción y cualificación suficientes para satisfacer las ofertas de empleo. Es, pues, una segmentación añadida a la de la población joven que sitúa a bastantes de los integrantes de ésta en posición muy difícil para llegar a incorporarse al mercado de trabajo. La población andaluza es una población joven en términos comparativos. Ello determina una reserva potencial disponible de recursos humanos superior a la media nacional pero también, y muy particularmente en una fase de crisis económica, una población desocupada elevada que dificulta la tasa normal en sustitución laboral. En consecuencia, el desempleo juvenil es, en nuestra Comunidad Autónoma, muy superior a la media española: Uno de cada dos parados andaluces, en total más de 300.000, es menor de 25 años y 193.000 desempleados, a finales de 1985,no manifestaban experiencia laboral previa.

Por otra parte la población activa más joven muestra, en nuestra región, una serie de carencias educacionales y/o formativas que dificultan su inserción socio-profesional. El 26,7% de los parados menores de 25 años no han concluido la escolarización obligatoria o no tienen una cualificación ocupacional que les permita optar a una colocación del mercado regular de trabajo. Así las cosas, la situación de los jóvenes en Andalucía exige la adopción por los poderes públicos de medidas que afronten los problemas más acuciantes que tienen planteados, abordando las causas que los determinan e incidiendo en la raíz de su desvinculación social antes de que en sus manifestaciones más evidentes. Medidas éstas que, con carácter general, han venido siendo puestas en marcha por las distintas Administraciones públicas y, dentro de ellas, por diferentes Departamentos, pero que exigen una mayor coordinación de los distintos impulsos con el fin de obtener una mayor rentabilidad social y un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles. El Pleno del Parlamento Andaluz aprobó, en 1985, una Resolución por la que se instaba al Consejo de Gobierno a elaborar un Plan Extraordinario de Empleo Juvenil en coordinación con los programas del Fondo de Solidaridad del Acuerdo Económico Social de ese mismo año. Fruto de dicho mandato parlamentario ha sido el Convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Junta de Andalucía (BOJA de 21.1.86) que viene a posibilitar la integración, coordinación y complementariedad de las actuaciones desarrolladas por la Administración Central y aquéllas que ejecuta el Gobierno andaluz. Y no sólo en lo referente a Fomento del Empleo sino además en lo relativo a Educación Compensatoria, Formación Ocupacional y orientación y prácticas profesionales. Es, pues, este instrumento pieza maestra para esa necesaria política de integración de esfuerzos que puede permitir una mayor eficacia de los diferentes programas públicos que se han de desarrollar en Andalucía. Parte importante de su contenido es la coordinación de ambas Administraciones, Central y Autonómica, de cara a la presentación de programas al Fondo Social Europeo y que van a permitir que los recursos comunitarios tengan una incidencia particular en Andalucía.

Pero esta coordinación y, en su caso, integración de programas de las Administraciones Central y Autonómica no sería suficiente si las actuaciones de una y otra no se relacionaran con las desarrolladas por las Corporaciones Locales. En una situación de emergencia social, resulta imprescindible aunar y relacionar los esfuerzos de los poderes públicos con vistas a su mayor efectividad. Precisamente, por ello, se buscan y obtienen instrumentos de coordinación que posibiliten una mayor incidencia en Andalucía de cuantas acciones, desarrolladas por la Administración, cualquiera que sea ésta, tengan como objetivo la inserción social, profesional y laboral de los jóvenes. "Andalucía Joven", programa que se desarrolla por el presente Decreto, trata, en esta línea argumental, de dar una respuesta a estas necesidades de coordinación de los distintos programas públicos así como de desarrollar actuaciones que aborden, desde su origen, los problemas que afecten a los jovenes menores de 25 años de los núcleos urbanos de Andalucía. El programa presta una especial atención a aquellos jóvenes residentes en barriadas con gran densidad de población, bajo nivel de equipamientos sociales y elevadas tasas de paro, por cuanto que se entienden como lo más directamente golpeadas por los efectos de la crisis económica.

El programa, como antes se dijo, coordina impulsos internacionales (Fondo Social Europeo), nacionales (Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional), autonómicas y de las Administraciones provinciales y locales. La estructura del Decreto hace ver, con claridad las distintas partes que configuran el programa:

Por una parte, se abordan los aspectos de educación compensatoria y de formación permanente, junto con la práctica profesional, porque se entiende que, sin la primera, no es posible el acceso a los bienes culturales, políticos y profesionales de nuestra sociedad y que, sin la segunda, las posibilidades de estabilizarse los jovenes en el mercado de trabajo se hacen más débiles y lejanas.

En segundo término, se adoptan medidas de formación ocupacional que hagan cada vez más coincidentes las necesidades del mercado con las demandas que lo presionan.

La tercera parte del programa regula las ayudas a la colocación de jovenes como fórmula dinámica de integración directa en el mercado de trabajo y se destinan tanto a las iniciativas públicas como a las privadas.

Por último, se aprueba un conjunto sistemático de medidas de animación e inserción social que tendrá su operatividad en las barriadas urbanas de Andalucía con mayores problemas de hacinamiento, paro y desvinculación social.

Todo el entramado de actuaciones reguladas por...

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