Decreto 134/1982, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 39/1982, de 4 de agosto, ordena la estructura de los Organos Directivos de la Consejería de Hacienda. En consecuencia, es preciso establecer la normativa que fije las competencias y Servicios propios de esta Consejería.

En su virtud, y con aprobación de la Consejería de Presidencia, a propuesta de la Consejería de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno,

DISPONGO

Artículo 1º 1 La Consejería de Hacienda, bajo la superior autoridad del Consejero, se organiza en los siguientes Organos Directivos:

- Viceconsejería.

- Secretaría General Técnica.

- Dirección General de Ingresos y Patrimonio. \u0014 Dirección General de Presupuestos.

- Intervención General.

  1. El Consejo de Dirección de la Consejería, presidido por su titular, estará formado por el Viceconsejero, que en caso de ausencia o vacante del Consejero asumirá la Presidencia, el Secretario General Técnico, el Director General de Ingresos y Patrimonio, el Director General de Presupuestos y el Interventor General. También podrán ser convocados, en su caso, los Directores de Entidades y Organismos dependientes de la Consejería.

  2. El Consejero estará directamente asistido por una Secretaría, cayo titular tendrá categoría de Jefe de Servicio.

Artículo 2º

Viceconsejería. El Viceconsejero es el Jefe Superior de la Consejería, después del Consejero, y con tal carácter le corresponde: la representación de la Consejería, por delegación del Consejero; la Jefatura Superior del personal; la Inspección General; el régimen interno de los servicios; la comunicación con las demás Consejerías; la Inspección Financiera de la Junta de Andalucía; y todas las funciones que expresamente le delegue el Consejero y cuantas otras le atribuya el ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 3º

Secretaría General Técnica. 1. La Secretaría General Técnica, con nivel orgánico de Dirección General, es el órgano de gestión general de la Consejería y tiene como funciones las de realizar estudios y reunir documentación sobre las materias propias de la Consejería y especialmente:

  1. Elaborar proyectos de planes generales de actuación y los programas de necesidades.

  2. Prestar asistencia técnica y administrativa al Consejero.

  3. Proponer las reformas tendentes a mejorar y perfeccionar los servicios.

  4. Dirigir y facilitar la formación de las estadísticas. e) La gestión del personal...

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