DECRETO 288/1994, de 13 de septiembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Teatro de la Consejería. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

Por el Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, se asumieron por la Comunidad Autónoma todas las funciones en materia de fomento y promoción de la Cultura en todas sus manifestaciones y expresiones, con especial referencia a, entre otras, el fomento del teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así como el desarrollo y promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, certámenes, teatro infantil y juvenil y vocacional, el apoyo a la creatividad escénica y su difusión y la ayuda a entidades teatrales y asociaciones de espectadores; las cuales fueron atribuidas a la actual Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, en virtud del artículo 7 del Decreto 66/1984, de 27 de marzo, sobre la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, modificado por el Decreto

210/1986, de 5 de agosto, así como por Decreto 12/94, de 11 de enero. Desde la Comunidad Autónoma Andaluza se ha realizado un gran esfuerzo por dotar a nuestra Comunidad del nivel de infraestructura necesario para el desarrollo cultural; así la red de auditorios, y el programa de rehabilitación de teatros públicos, en cooperación con iniciativas municipales; la puesta en marcha de diversos planes sectoriales de fomento, especialmente la Red de Espacios Escénicos de Andalucía; la consolidación de una Oferta Cultural Teatral en la Comunidad; y la creacióndel Centro Andaluz de Teatro, a través del Decreto 317/1987, de 23 de diciembre, así como posteriormente, la de la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas de la Consejería de Cultura, por la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1992, la cual se constituyó efectivamente en virtud del Decreto 46/1993, de 20 de abril, y a la cual se ha adscrito dicho Centro Andaluz de Teatro. La experiencia desarrollada desde entonces, así como la necesidad de adecuarse a las nuevas realidades artísticas y culturales a través de instrumentos de asesoramiento y consulta de carácter general en el ámbito del Teatro, a tenor de lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, así como la coordinación de iniciativas en el ámbito teatral, aconsejan la puesta en marcha del Consejo Asesor del Teatro de la Consejería de Cultura, como órgano consultivo que asesore al Departamento...

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