DECRETO 114/1984, de 25 de abril, por el que se crea, con carácter provisional, el Consejo General de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Salud y Consumo |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 20.1 del Estatuto de Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Andaluza el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de Sanidad Interior.
Efectuado el traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del R.D.
400/1984 de 22 de febrero de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, se hace necesario la creación de unos órganos provisionales de participación social en el control de la gestión de los servicios sanitarios de la Seguridad Social de la Comunidad Autónoma Andaluza a efectos de cumplir el mandato expresado en el artículo 20.5 del citado Estatuto, que establece: "La Comunidad Autónoma de Andalucía ajustará el ejercicio de las competencias que asume en materia de Seguridad Social, a criterios de participación democrática de todos los interesados así como de los sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales en los órganos que la Ley establezca. Dichos órganos tendrán virtualidad en tanto en cuanto se cree por Ley del Parlamento Andaluz el organismo gestor de la Sanidad en Andalucía".
Por ello y en virtud de las competencias que me atribuye la Ley 6/1983, de
21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Salud y Consumo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de abril de 1984,
D I S P O N G O :
Las competencias de este Consejo serán las mismas que las establecidas para el Consejo General del Insalud en los apartados...
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