Decreto 57/83 de 9 de Marzo sobre la creación de la Oficina de Información de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Entre las tareas más importantes a realizar por las Administraciones Públicas se encuentra el establecimiento de unas Dependencias encargadas de prestar una información a los ciudadanos.

La amplitud y complejidad de las actividades administrativas, la diversidad de entidades, instituciones y organismos que se integran bajo el concepto de Administración Pública hacen totalmente necesario una información amplia y clara no solo sobre aspectos sustanciales sino sobre aquellos que en principio pueden parecer accesorios pero cuyo desconocimiento dificulta el ejercicio de aquellos. No se trata solo de conocer los derechos y deberes, documentos a presentar, trámites a seguir, sino conocer la localización de las mismas oficinas encargadas de la gestión. Una información suficiente no solo facilita el ejercicio de los derechos de los ciudadanos sino el cumplimiento de sus deberes. No solo se trata de orientar de manera fácil y eficaz a los ciudadanos sino de aprobechar las opiniones y sugerencias que estos hacen. En definitiva, se pretende mejorar las relaciones Administración administrado, superar la imagen de una Administración cerrada sustituyéndola por una Administración participada.

Si todas estas razones justifican la necesidad de estas dependencias, en las circunstancias actuales de construcción de un nuevo modelo territorial, con un proceso de transferencias en marcha, con una multiplicidad de organismos y servicios ubicados en edificios de no fácil localización, sin una delimitación clara de competencias, con estructuras en proceso de modificación y cambio, etc., etc., el montaje de estas Oficinas en tanto en cuanto pueden contribuir a clarificar la confusa situación actual, se considera fundamental.

Todo lo expuesto justifica el que se aborden la creación de estas Oficinas con la triple misión de actuar como servicio de información, como receptor y canalizador de sugerencias y reclamaciones y como Registro de documentos.

Por otra parte, siendo consecuentes con los principios de austeridad y economía, se procura que la creación de estas Oficinas comporten el menor coste posible. De aquí que se utilice en parte la estructura diseñada por la Consejería de la Presidencia en el Decreto 23/1982 de 13 de Octubre y Orden de 1 de Diciembre siguiente que lo desarrolla.

A este respecto el Servicio de Información Administrativa que se crea saldrá, una vez reajustadas sus...

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