DECRETO 201/1992, de 1 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Educación y Ciencia, tiene establecida su estructura en los Decreto 109/1988, de 16 de marzo y

382/1990, de 6 de noviembre. La propia experiencia en la gestión de las competencias atribuidas a dicha Consejería aconsejan introducir algunos cambios en su estructura teniendo en cuenta las necesidades actuales que han de atenderse a través de la misma.

La puesta en marcha del nuevo sistema educativo exige a la administración la realización de una amplia gama de actividades dirigidas a facilitar el conocimiento y la organización de los diversos factores y recursos que afectan a la nueva concepción de las enseñanzas.

La estrecha vinculación existente entre la ordenación actual del sistema educativo y las posibilidades de adecuación a las características y requisitos de la estructura establecida por la LOGSE aconsejan que se realice desde un órgano directivo las tareas necesarias para ir implantando progresivamente los nuevos ciclos y etapas a partir de una consideración conjunta y unitaria de las diversas posibilidades existentes en la actual oferta educativa.

Esta necesidad se hace más clara cuando se considera que la implantación de la nueva Formación Profesional habrá de realizar partiendo del estudio de la actual estructura de Centros de Enseñanza Secundaria, a través de la que, incardinando las previsiones generadas por las demandas del sistema productivo de Andalucía, se pueda ir diseñando, de manera paulatina y ordenada, la nueva programación de sus contenidos formativos.

Al mismo tiempo y teniendo en cuenta que la LOGSE en su art. 55 g) establece a la evaluación del sistema educativo como uno de los factores a los que los poderes públicos atenderán prioritariamente para favorecer la calidad y mejora de la enseñanza, se hace preciso asignar las funciones correspondientes a uno de los órganos directivos ya existentes en la Consejería de Educación y Ciencia, para facilitar en estos aspectos la aplicación del nuevo sistema educativo en Andalucía. En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería de Gobernación, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de...

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