DECRETO 193/1994, de 30 de agosto, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES |
Rango de Ley | Decreto |
El actual estado de desarrollo de las infraestructuras del transporte, la gestión de las mismas y la ejecución del Plan Director de Infraestructura de Andalucía, demandan una permanente actuación en materia de infraestructura del transporte y su correspondiente gestión. Por otra parte es preciso continuar y ultimar las actuaciones ferroviarias en Andalucía, impulsar las actuaciones de planificación del transporte en las áreas metropolitanas, y las de inspección del transporte, así como mejorar el marco de interlocución con el sector del transporte, asignando dichas funciones a un Unico Centro Directivo. Igualmente la elaboración del segundo Plan General de Carreteras de Andalucía, la potenciación de las actuaciones de carreteras en el medio rural y en las ciudades, aconsejan residenciar en un solo Centro Directivo todas las competencias correspondientes a las carreteras. En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, con la aprobación de la Consejería de Gobernación, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión del día 30 de agosto de 1994.
DISPONGO
Dos: Corresponden a la Dirección General de Carreteras las funciones atribuidas en el artículo 7 del Decreto 279/1986, de 8 de octubre, de estructura órganica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Tres: Corresponden a la Dirección General de Transportes las funciones atribuidas en el artículo 9 del Decreto 279/1986, de 8 de octubre, así como las funciones portuarias que le correspondían a la Dirección General de Infraestructura y Servicios del Transporte en virtud del Decreto 161/1992, de 8 de septiembre.
Se...
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