DECRETO 24/1994, de 1 de febrero, sobre medidas de Fomento de la Contratación, el Empleo y la Economía Social. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Trabajo
Rango de LeyDecreto
EXPOSICION DE MOTIVOS

La manifestación de índices de recuperación, mostrada por los últimos cambios de tendencia de algunos indicadores económicos, sitúan el año 1993 en la fase más baja del ciclo recesivo de la economía andaluza, y su consolidación estaría anticipando el inicio de una nueva fase ascendente.

No obstate el resultado de la crisis está teniendo entre sus principales repercusiones, el desajuste del mercado laboral, lo que hace que el paro se sitúe como la primera prioridad de nuestro sistema económico y social.

a lo largo de los últimos años, el Gobierno de la Junta de Andalucía ha venido desarrollando una política de apoyo a la creación y mantenimiento de empleo, acorde con la situación económica y social de cada momento.

Pero la situación de crisis económica su incidencia en el mercado de trabajo y la reforma de las relaciones laborales acometidas por el Gobierno de la Nación, aconsejan el desarrollo de una política más activa, catalizadora y dinamizadora del empleo, adecuando sus instrumentos básicos a las diversas situaciones que presenta el mercado de trabajo, integrado, complementando y optimizando las medidas y recursos de fomento de las distintas administraciones y dotando de los medios adecuados a los agentes públicos y privados que participan en las políticas de fomento de la contratación.

En tal sentido y por primera vez el presente Decreto integra y encaja el conjunto de medidas de apoyo al empleo y a la economía social que venía desarrollando la Consejería de Trabajo, a la vez que incorpora nuevas medidas, de apoyo a la contratación.

Así se regulan acciones complementarias que permitirán una mayor incidencia en el territorio andaluz tantoen el número de contratos como en la calidad de la formación de los contratos en prácticas y de aprendizaje que regula el Real Decreto Ley 18/1993 de 3 de Diciembre de medidas urgentes de fomento de la ocupación.

La Norma se estructura en cuatro grupos de programas qe incentivan la contratación y el empleo, el primero a través de fórmulas de autoempleo, el tercero integrando acciones formativas y de ocupación y el último mediante el desarrollo de instrumentos activos de promoción y dinamización en el ámbito local y rural.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo, consultados los Agentes Sociales y Económicos, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y el Consejo Andaluz de Cooperación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 1 de Febrero de 1994.

DISPONGO

CAPITULO PRIMERO Artículos 1 a 3

DEFINICION Y AMBITO

Artículo 1º El presente Decreto regula el conjunto de medidas de fomento de la contrtación dinamización de la economía social como instrumentos activos generadores de empleo, dentro de las políticas de reactivación económica impulsadas por el Gobierno de la Junta de Andalucía.
Artículo 2º El desarrollo de las acciones articuladas en este Decreto se instrumentarán a través de los siguientes grupos de Programas:
  1. Promoción de la Contratación a través de iniciativas de Desarrollo Local.

  2. Fomento de la Ocupación a través del Autoempleo y Economía Social.

  3. Apoyo a la Contratación a través de la Formación.

  4. Instrumentos de Apoyo a la Creación y Mantenimiento de Empleo.

Artículo 3º Las medidas de fomento reguladas por esta disposición, se podrán aplicar a las personas físicas o jurídicas, de carácter público o primado que reglamentariamente se determine para cada programa, y que desarrollen su actividad institucional, económica o social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CAPITULO SEGUNDO Artículos 4 a 9

PROMOCION DE LA CONTRATACION A TRAVES DE INICIATIVAS DE DESARROLLO LOCAL

Artículo 4º A través de Corporaciones Locales y Entidades públicas o privadas se desarrollarán proyectos e iniciativas de prospección, creación y consolidación de puestos de trabajo mediante subvenciones a la contratación directa, la formación, las inversiones y las acciones que generen empleo, y se articularán a través de los siguientes programas:

- Proyectos para el Empleo.

- Iniciativas Locales de Empleo.

- Cooperativas con Prácticas en Empresa.

- Prácticas para la Búsqueda de Empleo.

- Acciones Comunitarias para el Empleo y la Economía Social.

Artículo 5º Proyectos para el Empleo.

La finalidad de este programa es impulsar el desarrollo de proyectos encaminados a la contratación de desempleados menores de 30 años, parados de larga duración, mujeres y minusválidos.

Artículo 6º Iniciativas Locales de Empleo.

La finalidad de este programa es apoyar iniciativas de pequeñas y medianas empresas para la explotación de recursos de carácter local que generen empleo y pueda suponer un esfuerzo innovador y dinaminzador de la actividad económica de la zona.

Artículo 7º Cooperativas conPrácticas en Empresa.

Este programa tiene como finalidad apoyar desde su origen iniciativas de proyectos empresariales en economía social, mediante un proceso de configuración de dichas iniciativas basadas en prácticas en empresas.

Artículo 8º Prácticas para la...

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