DECRETO 31/1988, de 17 de febrero, por el que se establece la estructura organizativa del Programa Andalucía Joven y se regula el procedimiento para su desarrollo. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto
PREAMBULO

En los últimos años, los poderes públicos, sensibilizados ante la problemática que afecta a la juventud y la necesidad de llevar a cabo un esfuerzo colectivo que aporta soluciones eficaces a dicha problemática, se han planteado, desde una óptica de política integral de juventud, actuaciones que de forma coordinada favorezcan la inserción y promoción social, profesional y cultural de este sector de la población que por sus características y vocación de futuro se manifiestan de fundamental importancia en la sociedad.

En este sentido, la Junta de Andalucía,a través del Comité interdepartamental para la Juventud creado por Decreto 378/86,como órgano específico de Juventud, de la Comisión Delegada de Bienestar Social, ha desarrollado actuaciones conjuntas, interdepartamentales, entendiendo que la solución a la problemática juvenil no puede ser sectorial sino globalizadora. Por ello se han intensificado y coordinado los esfuerzos realizados al objeto de posibilitar y favorecer el acceso de los jóvenes a la vida adulta y participativa, en las óptimas condiciones.

La experiencia obtenida, demuestra la validez de los planteamientos, la eficacia de las actuaciones y el logro de un mejor aprovechamiento de las posibilidades sociales, por el efecto multiplicador que, en la población juvenil tiene la realización de actividades acometidas desde diversas Instituciones y Organismos.

Estas actuaciones se articulan fundamentalmente en el sector público a través de la integración y coordinación de los recursos que para las mismas arbitran la Junta de Andalucía, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y aquellos que afectan tanto el Fondo Social Europeo como las Corporaciones locales, constituyendo el Programa Andalucía Joven. A partir del año 1986, dichas actuaciones bajo la denominación "Programa Andalucía Joven " han sido importantes. Son muchos los jóvenes andaluces que, a través de la participación en las diversas actuaciones, han tomado contacto con el mundo del trabajo, la Formación Profesional Ocupacional, la cultura, la ocupación del ocio y el tiempo libre entre otras.

El Gobierno Andaluz es consciente de la necesidad de continuar con estos planteamientos e incrementar las opciones. consolidando la dinámica de trabajo iniciada de planificación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas, promoviendo nuevas iniciativas y estableciendo criterios de unidad en materia de juventud. Para ello son necesarios la creación de instrumentos organizativos y el establecimiento de fórmulas que garanticen la continuidad y efectividad del programa de actuaciones "Andalucía Joven".

El presente Decreto encuentra su fundamentación en la Disposición Final Primera del Decreto 378/86 por el que se crea el Comité Interdepartamental para la Juventud, justificando a su vez el rango normativo por la importancia de los procedimientos que en él se configuran.

En su virtud, por iniciativa de la Comisión Delegada de Bienestar Social, vistos los trabajos realizados por el Comité Interdepartamental para la Juventud, a propuesta de la Consejería de Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de febrero de 1988.

DISPONGO

CAPITULO I CONCEPTO Y OBJETIVOS. Artículos 1 y 2
SECCION I CONCEPTO. Artículo 1
Artículo 1

El Programa "Andalucía Joven" se configura como un conjunto de actuaciones públicas que a iniciativa del Gobierno Andaluz desarrollan diversas Consejerías y Organismos Públicos participantes en orden a, desde una óptica de política integral.favorecer la inserción y promoción social. profesional y cultural de la juventud.

SECCION II OBJETIVOS Artículo 2
Artículo 2
  1. El Programa Andalucía Joven, como planificación global de actuaciones, tiene por finalidad favorecer y posibilitar el acceso de los jóvenes andaluces a la vida social y profesional activa.

  2. los objetivos generales del Programa Andalucía Joven son los siguientes:

- Posibilitar la planificación general y anual de las actuaciones que desde el sector público se dirigen a los jóvenes andaluces.

- dar respuesta a la problemática que tiene planteada la Juventud Andaluza, y de forma especial en aquellos sectores de la población juvenil en los que más se evidencia.

- promover, potenciar y facilitar la coordinación de los órganos y Organismos participantes, así como de las actuaciones que se desarrollen en Andalucía en materia de Juventud.

- Hacer posible que las actuaciones sean abordadas desde los órganos y organismos que,en virtud de sus competencias, disponen de los mecanismos idóneos para llevarlas a cabo.

- integrar los recursos existentes para lograr un mejor y más eficaz aprovechamiento de los mismos.

CAPITULO II COORDINACION INSTITUCIONAL Y DE ACTUACIONES. Artículos 3 a 12
SECCION I COORDINACION INSTITUCIONAL Artículos 3 a 12
Artículo 3

La Comisión Delegada de...

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