DECRETO 260/1989, de 19 de diciembre, por el que se desconcentran en las Delegaciones Provinciales de la Consejería, determinadas funciones en materia de gestión del gasto, contratación y personal. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento y Trabajo
Rango de LeyDecreto

Los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación deben informar la actividad de toda Administración Pública conforme dispone el artículo 103.1. de la Constitución Española y, singulariza para la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 34.1. de su Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración.

Atendiendo a tales principios de organización, fue publicado el Decreto

113/1984, de 25 de abril, sobre desconcentración de funciones en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social que, junto con la Orden de dicha Consejería de 11 de marzo de 1986, facultaban a las mismas para la gestión de un conjunto de competencias en materias como personal, contratación y servicios sociales. En el momento presente, de un lado la configuración de la Consejería de Fomento y Trabajo, llevada a cabo por el Decreto del Presidente 50/1988, de 29 de febrero, y, de otro, la actual organización territorial de la Consejería, establecida en base a la Disposición Transitoria, 1., del Decreto 105/1988, de 16 de marzo, determinan la necesidad de acometer una regulación uniforme en el régimen de gestión de sus órganos provinciales. Por último, en el deseo de tratar de forma unificada todas las materias objeto de desconcentración se regulan en el texto determinadas competencias en materia de personal no contempladas en el Decreto

255/1987, de 28 de octubre y la Orden conjunta de 10 de diciembre de 1987. En su virtud, con el informe previo de la Consejería de Hacienda y Planificación, y aprobación de la Consejería de Gobernación, a propuesta de la Consejería de Fomento y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de...

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