DECRETO 68/1993, de 18 de mayo, por el que se desconcentran determinadas funciones en las Delegaciones Provinciales de la Consejería. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española, en su artículo 103.1 establece que la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Por su parte, el artículo 34.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma dispone que la Administración de la Comunidad AUtónoma sirve con objetividad a los intereses generales de Andalucía, de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación y participación.

En su virtud previo informe de la Consejería de Hacienda y Planificación, con aprobación de la Consejería de Gobernación, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de mayo de 1993.

DISPONGO:

Artículo primero Se desconcentran en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia las competencias en materia de gestión del gasto y contratación, a que se refieren los artículos siguientes.
Artículo segundo En materia de gestión del gasto, las funciones de aprobación, compromiso, liquidación y propuesta de pagos a que se refiere el artículo 50.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con los créditos consignados en el Servicios 02, Capítulo II, Programa I.2.j.
Artículo tercero 1

En materia de contratación, todas las facultades que corresponden al órgano de contratación, de conformidad con la Ley de Contratos del Estado, su reglamento y...

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