Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.

Fecha de Entrada en Vigor26 de Mayo de 2012
Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

I

La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, representó un cambio significativo en la política nacional en materia de residuos, al establecer una norma común independientemente de la peligrosidad de éstos, que se ha ido complementando con el desarrollo de una regulación específica para determinadas categorías de residuos.

Sin embargo, la necesidad de aclarar conceptos clave, como la valorización, el reciclado o la eliminación, así como de desarrollar medidas relativas a la prevención y gestión, incluido el establecimiento de objetivos, junto con el debate sobre la definición de residuo y la aparición de nuevas figuras de gestión, han motivado la ampliación del desarrollo normativo comunitario, entre la que se encuentra la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas.

La Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española y en los artículos 57.1.g) y 57.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, tiene competencia exclusiva en materia de prevención ambiental y competencia compartida en materia de medio ambiente en relación con el establecimiento y la regulación de los instrumentos de planificación ambiental, del procedimiento de tramitación y aprobación de estos instrumentos, así como la regulación sobre prevención y corrección de la generación de residuos con origen o destino en Andalucía.

Por tanto, en el ejercicio de sus competencias y para la consecución de los objetivos propuestos en materia de residuos en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, el Consejo de Gobierno aprobó, mediante el Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía así como otros instrumentos normativos de desarrollo en la materia.

Posteriormente, preocupado por la protección del medio ambiente y por la adaptación a los nuevos instrumentos de gestión desarrollados a lo largo de los últimos años en la normativa ambiental, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, para actualizar los procedimientos y criterios de tutela de la calidad ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dicha Ley, en el Capítulo V del Título IV, concede prioridad en el modelo de gestión a la minimización de la producción en origen y al fomento de la reutilización y el reciclado, frente a la eliminación en vertedero, y define el marco normativo y de actuación para un posterior desarrollo reglamentario que posibilite la concesión de los instrumentos técnicos y administrativos adecuados para la necesaria obtención de resultados tangibles. Además, en su disposición final segunda se habilita al Consejo de Gobierno y a la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente en sus respectivos ámbitos competenciales para dictar las disposiciones que se consideren necesarias para su desarrollo y ejecución.

I?I

El Decreto, con el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía, supone un paso decisivo para la consecución de los objetivos establecidos en la legislación de ámbito estatal y autonómico y, en particular, en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en el Plan Nacional Integrado de Residuos para el período 2008-2015, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 26 de diciembre de 2008, en el Decreto 397/2010, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos No Peligrosos de Andalucía 2010-2019, y en el Decreto 7/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía 2012-2020.

Su contenido armoniza el desarrollo reglamentario previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, con el contexto definido por la liberalización de los servicios impulsada mediante la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso de las actividades de servicios y su ejercicio. A su vez, implica una adaptación a las políticas de gestión de residuos desarrolladas por la normativa específica, aplicando una regulación eficaz y coherente que tiene en cuenta, no sólo la fase de residuo, sino también el ciclo de vida de los materiales y productos.

El Reglamento de residuos que se aprueba por el presente Decreto se estructura en ocho títulos y dieciséis Anexos.

El Título I comprende las disposiciones generales relativas al objeto, ámbito de aplicación, definiciones, consideraciones relacionadas con los subproductos, el fin de la condición de residuo y el Catálogo de Residuos de Andalucía, así como las competencias en materia de residuos.

El presente Decreto, y el Reglamento que por el mismo se aprueba, pone de manifiesto el reparto competencial entre las administraciones autonómica y locales, estableciendo el marco para las relaciones interadministrativas básicas; recoge los derechos y obligaciones de las personas o entidades productoras y poseedoras de residuos municipales e impulsa nuevas líneas de trabajo, basadas en la transmisión de la información, la promoción de la participación y la cooperación para el desarrollo de la red de infraestructuras a través de dos herramientas nuevas: una comisión para la coordinación en materia de residuos y un foro de participación e integración.

El Título II regula el régimen de la producción y posesión de los residuos, junto con los aspectos relacionados con la minimización.

El régimen jurídico de la producción sufre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR