DECRETO 76/1994, de 5 de abril, por el que se adecua parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de la Gobernación e Instituto Andaluz de Administración Pública. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

El Decreto 115/1993 de 7 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Gobernación, crea la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios, que asume las competencias de las anteriores Direcciones Generales de Organización y Métodos e Inspección General de Servicios que quedan suprimidas mediante dicho Decreto.

No obstante la integración de las unidades y puestos de las Direcciones Generales suprimidas en la nueva Dirección General debe consolidarse, adecuándose en lo necesario la relación de puestos de trabajo, lo que justifica el presente Decreto, considerándose a su vez como parte adicional de dicha adecuación la ampliación de los servicios experimentales de información ciudadana que se han iniciado en Granada y Algeciras y la adaptación de la jefatura de informática del Instituto Andaluz de Administración Pública.

Por otra parte, la descentralización y desconcentración que supone la nueva configuración de atribuciones en materia de personal, comporta una adecuación consecuente con la misma, en los servicios centrales de la Consejería, potenciándose la dotación de recursos en el servicio de régimen jurídico y disminuyéndose en el servicio de gestión de personal funcionario. Por último, la incorporación ya iniciada a la Comunidad Autónoma de personal del Cuerpo Nacional de Policía, motiva la asignación de recursos adecuados tanto en la Dirección General de Política Interior como en las Delegaciones de Gobernación, para la gestión administrativa de este servicio procediendo por otra parte la adaptación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, en la que inicialmente se ajusta la estructura, creándose el Servicio de Estudios e incorporando el Servicio de Coordinación de las Policías Locales que ya figura en la Relación de Puestos de Trabajo de la Dirección General de Política Interior.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 7/1990 de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General, así como en la Comisión del Convenio previsto en el IV Convenio Colectivo para el personal laboral al...

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