Decreto 83/2018, de 24 de abril, por el que se aprueban los Planes de Emergencia Exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Oil Distribution Terminals, S.L., en Málaga y Suavizantes y Plastificantes Bituminosos, S.L., en Huévar del Aljarafe (Sevilla).

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Justicia e Interior
Rango de LeyDecreto

Las sociedades caracterizadas por un alto grado de desarrollo han de convivir con determinados niveles de riesgos como consecuencia, entre otros factores, de las necesidades de producción, almacenaje y distribución de sustancias peligrosas aunque esenciales en actividades tales como el transporte o la fabricación de determinados bienes y prestación de servicios.

Es el caso de Andalucía, donde la tendencia al incremento en el consumo de determinados bienes y servicios se superpone a una creciente formación y toma de conciencia de la población frente a aquellos riesgos susceptibles de afectarle.

A tal fin, las administraciones públicas, en tanto garantes de la vida e integridad física de las personas, los bienes y el medio ambiente, han venido articulando procedimientos de respuesta en sus respectivos ámbitos de competencia.

El artículo 66.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de protección civil que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la dirección y coordinación de los servicios de protección civil, que incluyen los servicios de prevención y extinción de incendios respetando las competencias del Estado en materia de seguridad pública; y ello en relación con el principio rector proclamado en el artículo 37.1.25.º sobre la atención y protección civil ante situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.

El Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en el artículo 13.1 establece que, para los establecimientos de nivel superior definidos en el artículo 3.6, los órganos competentes en materia de protección civil de las comunidades autónomas elaborarán, con la colaboración de los industriales, un plan de emergencia exterior para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados, en el que se establezcan las medidas de protección más idóneas, los recursos humanos y materiales necesarios y el esquema de coordinación de las autoridades, órganos y servicios llamados a intervenir. Su contenido y procedimiento de elaboración se ajustarán a lo especificado en la directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas aprobada por el Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre. Asimismo, el artículo 6.1.b).2.º de la misma norma, establece que las comunidades autónomas serán competentes para elaborar, aprobar y remitir a la Comisión Nacional de Protección Civil, para su correspondiente homologación, los planes de emergencia exterior de los establecimientos de nivel superior, según lo previsto en el artículo 13.

La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que constituye el marco actual de referencia al que debe adecuarse la planificación ante situaciones de emergencia de cualquier naturaleza, ha supuesto un cambio en la tramitación de los diferentes planes de protección civil mediante la sustitución, en su articulo 14.3, del trámite de homologación por la Comisión Nacional de Protección Civil, por el informe por el Consejo Nacional de Protección Civil, que ha venido a sustituir a la citada Comisión, a los efectos de su adecuación al Sistema Nacional de Protección Civil.

Por último, el Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, establece el modelo al que se ha adaptado la estructura organizativa de estos planes de emergencia.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma, la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, en su artículo 10, recoge la tipología de los planes de emergencia, entre los que se encuentra los planes especiales definidos en el artículo 13.1 como aquellos que son elaborados para hacer frente a las emergencias producidas por riesgos para los que la normativa emanada de la Administración General del Estado establezca su regulación a través de la correspondiente directriz básica de planificación relativa a cada tipo de riesgo.

Por su parte, el artículo 13.4 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, dispone que los planes especiales de emergencia serán elaborados por la Consejería competente en materia de protección civil y aprobados por el Consejo de Gobierno.

Los planes de emergencia exterior que se aprueban, cumplen todas las previsiones organizativas y procedimentales establecidas en la citada normativa de aplicación.

Este decreto da cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la norma es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad en tanto que con ella se consigue el fin perseguido, que consiste en establecer un marco organizativo y funcional con la participación de las distintas administraciones públicas, para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. Tampoco se trata de una norma restrictiva de derechos o que imponga obligaciones a los interesados. Asimismo, esta iniciativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico tanto nacional como de la Unión Europea, sus objetivos se encuentran claramente definidos y no impone nuevas cargas administrativas, cumpliendo así los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

De acuerdo con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía los planes elaborados incorporarán el objetivo transversal de fomentar la igualdad de género, a fin de producir un efecto positivo y equitativo en las personas, mujeres y hombres, implicadas en la gestión de los mismos.

El Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, establece en su artículo 1 que corresponde a la Consejería de Justicia e Interior la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de protección civil y emergencias y, en concreto, según lo dispuesto en su artículo 8.2, letras a) y b), corresponden a la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil las competencias derivadas de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, en materia de emergencias y protección civil, y la elaboración de planes de emergencia, de acuerdo con la normativa general de aplicación.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.9 y 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Justicia e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de abril de 2018,

DISPONGO

Artículo único Aprobación de los planes de emergencia exterior.

Se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Oil Distribution Terminals, S.L., en Málaga, y Suavizantes y Plastificantes Bituminosos, S.L. (SPB), en Huévar del Aljarafe (Sevilla), cuyos textos se incluyen a continuación, así como sus anexos.

Disposición adicional única Publicación de los anexos.

El contenido del anexo de cada plan de emergencia exterior no será objeto de publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Consejera de Justicia e Interior para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, así como a modificar mediante Orden el contenido del Anexo de cada Plan.

Disposición final segunda Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de abril de 2018

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
ROSA AGUILAR RIVERO
Consejera de Justicia e Interior
PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR ANTE EL RIESGO DE ACCIDENTES GRAVES EN LOS QUE INTERVIENEN SUSTANCIAS PELIGROSAS

SPB

HUÉVAR DEL ALJARAFE (SEVILLA)

  1. Introducción.

    El Plan de Emergencia Exterior es el marco organizativo y funcional elaborado por la Junta de Andalucía, con la participación de las distintas Administraciones públicas, para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

    El Plan de Emergencia Exterior se desarrolla desde una perspectiva integral de prevención-intervención-rehabilitación, con especial atención a la evaluación de los posibles tipos de accidentes que puedan producirse y a la estimación de las zonas de riesgo, estableciendo las medidas de protección más idóneas; a la constitución de una adecuada estructura organizativa, y al desarrollo de procedimientos coordinados entre las entidades y servicios implicados en actuaciones de prevención e intervención.

    El Real Decreto 840/2015 constituye la transposición al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva 2012/18/UE, conocida como Directiva Seveso III, que supone un avance relevante en el proceso de armonización de la Unión Europea en el ámbito de la prevención de accidentes graves y la gestión de los riesgos en aquellos establecimientos en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR