Decreto 453/2019, de 9 de abril, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de monumento, la iglesia de San Juan Bautista, en el término municipal de Málaga.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el artículo 25 entre las tipologías de los inmuebles que serán objeto de inscripción en aquél la de los Monumentos, que se definen en el artículo siguiente como los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.

    Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en materia de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, correspondiendo a la citada Consejería, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento, a este último dicha declaración. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

  2. La iglesia de San Juan Bautista se ubica en la calle San Juan, en pleno centro histórico de Málaga, dentro del entramado urbano heredado de la época islámica, formando parte de la imagen de la ciudad desde finales del siglo XV, cuando se convirtió en una de las cuatro parroquias, junto al Sagrario, Santiago y Santos Mártires, que se erigieron en 1487, tras la conquista de los Reyes Católicos. Sin embargo el inmueble actual es el resultado de las distintas intervenciones producidas a lo largo del tiempo, siendo fundamentales las reformas que se realizaron en el siglo XVIII.

    A nivel artístico, este inmueble refleja el cambio estilístico que se produce en el siglo XVIII hacia unas formas típicamente barrocas. Se conservan algunos aspectos de la iglesia original, como el artesonado mudéjar, debajo de las bóvedas actuales, y el techo del inmueble. Debemos destacar igualmente la presencia de pinturas murales en la fachada, lo que responde a las características de la arquitectura malagueña del siglo XVIII, en donde la ornamentación jugó un papel esencial. De los bienes muebles vinculados sobresalen algunas esculturas como el Cristo de la Vera Cruz del siglo XVI, la Virgen con el Niño o la pila bautismal, del siglo XVIII.

    Desde el punto de vista urbanístico, el inmueble se situó en una zona privilegiada. Contemporánea a la construcción de la iglesia fue el trazado de calle Nueva, que comunicaba la Plaza Mayor con la Puerta del Mar, hecho que propició que el carácter de la vía fuera, casi exclusivamente, mercantil, además de constituir la primera y más importante obra de ensanche interior que se realizó en Málaga.

  3. Mediante Resolución de 24 de mayo de 2018 de la entonces Dirección General de Bienes Culturales y Museos (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 110, de 8 de junio de 2018), se incoó procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, de la iglesia de San Juan Bautista, en el término municipal de Málaga.

    En relación con la instrucción del procedimiento, consta en el expediente informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga, con fecha de 3 de julio de 2018, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

    De acuerdo con la normativa aplicable, mediante anuncio de 9 de octubre de 2018, de la entonces Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Málaga, (publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 202, de 18 de octubre de 2018) se somete a información pública el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, de la iglesia de San Juan Bautista, y se concedió trámite de audiencia al Ayuntamiento de Málaga y a las personas directamente afectadas en sus derechos. De otra parte, mediante anuncio de notificación de 30 de noviembre de 2018, (publicado en el Boletín Oficial del Estado, número 314, de 29 de diciembre de 2018), se concede trámite de vista y audiencia del expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de San Juan Bautista, en Málaga, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que conste en el expediente que se hayan presentado alegaciones.

    Terminada la instrucción del procedimiento, y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de San Juan Bautista, en el término municipal de Málaga, que se describe y delimita en anexo al presente decreto.

    A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede instar el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero. Así mismo, y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede instar el asiento gratuito en el Registro de la Propiedad correspondiente de la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, la iglesia de San Juan Bautista, en el término municipal de Málaga, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento.

    En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a propuesta de la Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de abril de 2019,

    ACUERDA

    Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de San Juan Bautista, en el término municipal de Málaga, cuya descripción y delimitación figuran en el anexo al presente decreto.

    Segundo. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz el entorno del bien, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del bien y su entorno.

    Tercero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, por su íntima vinculación con el inmueble, cada uno de los bienes muebles que se describen y relacionan en el anexo al presente decreto.

    Cuarto. Instar la inscripción procedente en el Registro de la Propiedad conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, y en la legislación hipotecaria, así como en el Registro Autonómico de Instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y...

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