Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia y Administración Local
Rango de LeyDecreto

El Capítulo III del Título II de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, regula la organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía, previendo la existencia de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía junto a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías o, alternativamente, a las Delegaciones Territoriales.

El Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, desarrolla normativamente ambos modelos estableciendo de manera clara, uniforme y homogénea la regulación de las estructuras ya existentes y regladas de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y las Delegaciones Provinciales de las Consejerías regulando ex novo otras, como las Delegaciones Territoriales y las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías.

La Administración de la Junta de Andalucía adoptó mediante el mencionado Decreto una estructura provincial integrada por Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía las cuales agrupan servicios periféricos de una o varias Consejerías.

Posteriormente, el Decreto 163/2013, de 8 de octubre, vino a modificar el Decreto 342/2012, teniendo en cuenta el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, para adaptar los órganos directivos periféricos de la Administración de la Junta de Andalucía a la nueva ordenación de las diferentes Consejerías, manteniendo las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y cinco Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía.

En el momento actual, se ha dictado el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se ha modificado la composición y competencias de varias de las Consejerías que componen la Administración de la Junta de Andalucía, por lo que procede llevar a cabo una nueva modificación del citado Decreto 342/2012, de 31 de julio, en el sentido de adecuar las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía a las adscripciones que correspondan de las Consejerías que resultan afectadas en las competencias adscritas.

Así, las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, primera autoridad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la provincia, integran los servicios periféricos de las Consejerías de Presidencia y Administración Local, de Hacienda y Administración Pública y de Justicia e Interior.

Por otra parte, existirán siete Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía, de las que cuatro desarrollarán en la provincia competencias de una sola Consejería, dado el importante volumen competencial que dichas Consejerías han asumido mediante el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 y 27.9 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y los artículos 35 y siguientes de la Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía, a propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de la Presidencia y Administración Local, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de julio de 2015,

DISPONGO

Artículo Único Modificación del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

El Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se modifica como sigue:

Uno. La disposición adicional tercera pasa a tener la siguiente redacción:

Disposición adicional tercera. Adscripción de servicios periféricos a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

A las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía se les adscriben los servicios periféricos de las Consejerías de:

- Presidencia y Administración Local.

- Hacienda y Administración Pública.

- Justicia e Interior.

Dos. La disposición adicional cuarta pasa a tener la siguiente redacción:

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