Decreto 24/2020, de 24 de febrero, por el que se extingue el Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Deporte
Rango de LeyDecreto

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, dispuso en el artículo 92 la creación del Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores como una agencia administrativa de la Administración de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería competente en materia de educación, con la finalidad de ejercer las funciones establecidas en el título I, capítulo VI, sección tercera, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en la citada Ley 17/2007, de 10 diciembre, título II, capítulo VI, secciones tercera y cuarta.

Mediante el Decreto 579/2019, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, y en aras de una mayor eficiencia y racionalización en el ámbito del sector público andaluz, se reordenan las competencias de la Consejería de Educación y Deporte, asignándose a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, entre otras, las funciones que en materia de Enseñanzas Artísticas estuvieran atribuidas al Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores que asume la totalidad de sus fines y objetivos, una vez extinguido el mismo.

La disposición final primera del citado Decreto 579/2019, de 15 de octubre, establece que la extinción del Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores se llevará a cabo mediante Decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Educación y Deporte, previo informe de las Consejerías competentes en materia de hacienda y de administración pública. Asimismo de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1.i) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local se requerirá informe de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia.

En la tramitación de este decreto se ha dado cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la norma es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que cumple estrictamente el mandato establecido en la...

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