Decreto 172/2017, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de las Dehesas de Andalucía, se crea su Comité de Seguimiento y se modifica el Decreto 57/2011, de 15 de marzo, por el que se regula la Comisión Andaluza para la Dehesa y el Decreto 530/2004, de 16 de noviembre, por el que se regula la composición, las funciones y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz de Biodiversidad.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática
Rango de LeyDecreto

La Ley 7/2010, de 14 de julio, para la Dehesa, tiene como objeto favorecer la conservación de las dehesas andaluzas, preservando, desarrollando y revalorizando su riqueza económica, biológica, ambiental, social y cultural, y promoviendo que se gestionen de una manera integral y sostenible.

La citada Ley se fundamenta en la introducción del concepto administrativo de dehesa, en cuyo Título Preliminar, dedicado a las disposiciones generales, en su artículo 2 es definida como aquella explotación constituida en su mayor parte por formación adehesada, sometida a un sistema de uso y gestión de la tierra basado principalmente en la ganadería extensiva que aprovecha los pastos, frutos y ramones, así como otros usos forestales, cinegéticos o agrícolas. Este concepto normativo de dehesa se completa con la definición de formación adehesada como una superficie forestal ocupada por un estrato arbolado, con una fracción de cabida cubierta (superficie de suelo cubierta por la proyección de la copa de los árboles) comprendida entre el 5% y el 75%, compuesto principalmente por encinas, alcornoques, quejigos o acebuches, y ocasionalmente por otro arbolado, que permita el desarrollo de un estrato esencialmente herbáceo (pasto), para aprovechamiento del ganado o de las especies cinegéticas.

Por otra parte, el Título I de la citada Ley, relativo a la gestión sostenible de las dehesas, establece en su artículo 5 que el Plan Director de las Dehesas de Andalucía (en adelante Plan) será el instrumento de planificación general para las dehesas situadas en nuestra Comunidad Autónoma, teniendo una vigencia de veinte años y revisiones, como mínimo, quinquenales, y que tendrá la consideración de plan con incidencia en la ordenación del territorio de los previstos en el Capítulo III del Título I de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En base al artículo 18.1 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, el Consejo de Gobierno, en su reunión del 21 de febrero de 2012, acordó la formulación del Plan Director de las Dehesas de Andalucía, estableciendo como contenidos mínimos los indicados en el artículo 6 de la Ley 7/2010, de 14 de julio. Este Acuerdo también estableció su procedimiento y tramitación.

Por su parte, el Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, establece en su artículo 1.1 que corresponde a dicha Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural. Asimismo, el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece le estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, establece en su artículo 1, que corresponde a dicha Consejería las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de medio ambiente, agua, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, las Consejerías de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio han elaborado el Plan siguiendo las especificaciones contenidas en la Ley 7/2010, de 14 de julio. En su proceso de elaboración han participado, junto con la Administración, de forma muy activa, el personal técnico de las organizaciones más representativas del sector, así como personas expertas y especialistas de reconocido prestigio.

El Plan supone una oportunidad para impulsar los territorios de dehesas tomando como paradigma el modelo de estrategias territoriales de especialización inteligente y adoptando como principio coordinar los esfuerzos que se realizan desde los diferentes ámbitos del mundo de la dehesa para mejorar su situación. En este sentido, el Plan ha sido especialmente permeable a la Estrategia «Europa 2020: la estrategia de la Unión Europea para el crecimiento y la ocupación» y las prioridades del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014?2020, buscando las sinergias de distintas políticas, programas, fuentes presupuestarias, de los instrumentos financieros e iniciativas que puedan converger en los territorios de dehesa, de forma que se puedan aprovechar todas las oportunidades que surjan desde las iniciativas públicas y privadas. De este modo, las estrategias y líneas de actuación del Plan son coherentes en su primer recorrido temporal con el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía derivado del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que ofrece la oportunidad de financiar actuaciones que garanticen la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima; mediante la restauración, preservación y mejora de los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura.

En concreto, el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014?2020 ha plasmado algunas operaciones que han sido diseñadas específicamente para las dehesas y que se han derivado del proceso de elaboración paralelo de este Plan Director como la operación 10.1.3, ayuda agroambiental a la conservación y mejora de pastos en sistemas de dehesa, la operación 4.4.4, de inversiones no productivas para la regeneración del arbolado de las formaciones adehesadas y la operación 8.2.1. Ayuda para el establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales.

El Plan se estructura, según dispone el artículo 6.1 de la Ley 7/2010, de 14 de julio, en cinco grandes epígrafes. En primer lugar, una caracterización de las Dehesas de Andalucía. A continuación se expone un diagnostico de la situación actual de las mismas, desde los puntos de vista social, ambiental, económico y cultural, así como de su aprovechamiento, identificando los factores productivos, ecológicos y socioculturales claves de su sostenibilidad. En tercer lugar, se analizan nuevos usos y oportunidades para la dehesa, finalizando con los apartados correspondientes a la definición de estrategias de actuación y al seguimiento y revisión.

Las líneas estratégicas y objetivos específicos recogidos en el Plan están orientadas a mejorar la viabilidad económica de las explotaciones de dehesa, a impulsar la cohesión territorial y diversificación de la economía en el medio rural, a establecer los mecanismos para impulsar la conservación de los ecosistemas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR