Decreto 167/2016, de 18 de octubre, por el que se inscriben en el Catálago General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bienes de Interés Cultural, con la tipología de Sitio Histórico, el ámbito sectorizado de los Lugares Colombinos, en los municipios de Huelva, Moguer, Palos de la Frontera y San Juan del Puerto (Huelva), y con la tipología de Conjunto Histórico, de los sectores delimitados a tal efecto de las poblaciones de Moguer y Palos de la Frontera (Huelva).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería competente en materia de Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en materia de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. Los Lugares Colombinos dentro de la provincia de Huelva representan un bien cultural cuyos valores patrimoniales devienen de la rememoración de un hecho histórico de gran transcendencia para la Humanidad como es el descubrimiento de América. Este hecho particular que ilustra la mentalidad de la época y la cultura en el Renacimiento (siglo XV), es conocido mundialmente, ostentando un valor universal.

    Bajo su denominación se agrupan los lugares históricos que tuvieron relevancia durante la gesta colombina, cuyo primer viaje inició Cristóbal Colón en 1492 en la búsqueda de una nueva ruta hacia Oriente, pero también aquellos lugares y elementos que conmemoraron el hecho histórico en el IV Centenario (1892), la Exposición Iberoamericana de 1929 y el V Centenario (1992), conformando un ámbito de un enorme valor emblemático que se reivindica en la actualidad como una sólida manera de mantener lazos culturales con pueblos al otro lado del Atlántico.

    La mayor parte de estos lugares cuentan ya con una protección patrimonial desde 1967, cuando el Decreto 553/1967, de 2 de marzo, declaró conjunto histórico-artístico un extenso territorio coincidente en buena parte con el ámbito que ahora es objeto de la presente inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Varias razones aconsejan, sin embargo, renovar esta protección mediante el presente Decreto, más acorde con la realidad territorial presente, y en aplicación del marco legal que se deriva de la Ley 14/2007. Por una parte, se considera necesario incorporar bienes, que como es el caso del Monumento a Colón o a la Fe Descubridora, quedaron fuera del perímetro protegido en 1967, por otra, es oportuno precisar con mayor detalle la delimitación cartográfica del perímetro exterior. Así la antigua delimitación de conjunto histórico se sustituye por la de sitio histórico para todo el ámbito, se excluye del mismo a la Isla Saltés, que por sus valores arqueológicos ya forma parte de la Zona Arqueológica de Huelva inscrita en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con la consideración de Bien de Interés Cultural, mediante Orden de 14 de mayo de 2001 (publicada en BOJA núm. 75, de 3 de julio de 2001), y se reserva la de conjunto histórico sólo para los cascos históricos de Moguer y Palos de la Frontera.

    Se identifica, por tanto, todo un legado patrimonial vinculado a la memoria de la gesta colombina y su incidencia a lo largo de la historia en las poblaciones de Palos de la Frontera, Moguer, Huelva y San Juan del Puerto, del que sobresalen como valores más destacados el monasterio de Santa María de la Rábida, y los conjuntos históricos de Palos de la Frontera y Moguer cuyos testimonios arquitectónicos más significativos constituyen el templo de San Jorge Mártir, el Castillo y la Fontanilla, en el núcleo de Palos, mientras que en Moguer destacan el Monasterio de Santa Clara, el Hospital del Corpus Christi, el Castillo, el Convento de San Francisco, y la Parroquia de Santa María de la Granada, entre otros.

    Todos estos referentes materiales evocan los preparativos y disposiciones que hubo que realizar desde que el navegante apareciera en el monasterio de La Rábida en 1485, después de la negativa de la corona portuguesa a hacerse cargo de su empresa de ir a Oriente por Occidente.

    Señala la historiografía que Colón se dirigía a la próxima villa de Huelva para dejar a su hijo Diego en casa de sus parientes, los Muliart. En el convento franciscano encontró el apoyo de fray Antonio de Marchena, con profundos conocimientos cosmográficos, y de fray Juan Pérez, de gran influencia sobre la reina Isabel, que lo defenderán en distintas ocasiones entre 1486 y 1492, momento en el que el proyecto es finalmente aceptado por los reyes en Santa Fe (Granada).

    Otro de los apoyos importantes que el marino tuvo en la aceptación de su plan fue el de la abadesa del convento de Santa Clara de Moguer, Inés Enríquez, emparentada con el rey Fernando. Consta documentalmente que la abadesa mantuvo relación epistolar con el Almirante, y cómo este veló e hizo decir una misa de acción de gracias en la iglesia conventual de Santa Clara la madrugada del 16 de marzo de 1493, al regreso de su primer viaje, cumpliendo así con el voto enunciado por la tripulación de la carabela «Niña», el jueves 14 de febrero de aquel año, cuando una tormenta amenazó con hundir la nave a la altura de las Azores.

    Por los documentos históricos se sabe también que los Reyes tuvieron que comprar la mitad de la villa de Palos para que la expedición marítima saliera desde un puerto de la corona, como correspondía al trato de los patrocinadores, revistiendo este hecho especial significado para la población de Palos. En la plaza de la iglesia de San Jorge Mártir -la tradición popular sostiene que fue dentro de dicha iglesia-, se llevó a cabo la solemne notificación al Concejo de la Real provisión de 30 de abril de 1492 por la que se ordenaba la participación de la villa en el proyectado viaje.

    Desde 1493, el duque y señor de la villa de San Juan del Puerto promocionó a través de privilegios su puerto, lo que supuso la llegada de nuevos pobladores con el fin de impulsar un importante crecimiento económico, el cual se vería incrementado durante el siglo XV con la crisis de la villa de Palos de la Frontera y su consecuente relegación en el plano de los negocios marítimos de la ribera del Tinto. Este predominio del puerto de San Juan implicó no sólo un importante incremento demográfico, sino que además atrajo a numerosos comerciantes extranjeros -ingleses, florentinos, bretones y portugueses, los cuales contribuyeron a multiplicar el volumen comercial así como demandaron la construcción de importantes instalaciones portuarias. Otra muestra de ello son sendos molinos mareales de la Edad Moderna existentes en las inmediaciones del puerto histórico, más concretamente los situados próximos a la desembocadura del estero Juan de Coto, tal y como se denomina en la documentación histórica, anexo a las tierras que explotaba la cuñada de Colón, Briolanja Muñiz, en el paraje denominado Montecillo, ejido concedido a ésta por el duque de Medina Sidonia.

    Según las evidencias materiales, el estudio de la cartografía histórica y del nivel estratigráfico de la marisma, así como los datos paleográficos y el contexto histórico avalan la existencia de una ensenada natural donde fondearían los barcos en época del Descubrimiento, conservándose el topónimo de «puerto escondido», asimilable a otros puertos existentes en la ribera del Tinto con las mismas características, entre ellos el de Palos de la Frontera, consistente en una ensenada litoral, resguardada pero diáfana y abierta a la desembocadura del río Tinto. La propia lógica de evolución de la marisma supondría una colmatación de la referida ensenada natural que retrotrajo la línea mareal que vino aparejado de una remodelación de las estructura portuarias para adaptarlas al incremento de tráfico portuario.

    La relación del Almirante con las poblaciones de Palos y Moguer se justifica por la importancia que tuvieron en el aprovisionamiento de embarcaciones y marineros, gracias a los contactos que estableció con los armadores Martín Alonso Pinzón de Palos y Pedro Alonso Niño de Moguer. El 3 de agosto de 1492 la flotilla formada por tres embarcaciones, la nao Santa María -propiedad de Juan de la Cosa-, la Pinta -propiedad de los Pinzón-, y la Niña -propiedad de los Niño-, bautizada oficialmente con el nombre de Santa Clara, zarparon desde el puerto de Palos. La noche anterior los marinos velaron en el templo de San Jorge, saliendo por la Puerta de los Novios en dirección al embarcadero que estaba junto a la Fontanilla.

    En relación con la importancia simbólica que el ámbito...

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