Decreto 157/2014, de 11 de noviembre, por el que se declaran desistidos al Ayuntamiento de Atarfe y al Ayuntamiento de Pinos Puente de la iniciativa relativa a la alteración de sus términos municipales mediante segregaciones y agregaciones recíprocas.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Administración Local y Relaciones Institucionales
Rango de LeyDecreto

Vista la iniciativa presentada de forma conjunta por el Ayuntamiento de Atarfe y el Ayuntamiento de Pinos Puente, relativa a la alteración de sus términos municipales mediante segregaciones y agregaciones recíprocas, y en base a los siguientes

HECHOS

Primero. El 25 de noviembre de 2013 tuvo entrada en la Administración Autonómica, al amparo de lo previsto en el artículo 95.1.a) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, un escrito firmado conjuntamente por los Alcaldes de Atarfe y de Pinos Puente, acompañado de las certificaciones de los acuerdos plenarios adoptados por mayoría absoluta de ambos Ayuntamientos, de fechas 30 de marzo de 2012 y 27 de septiembre de 2012, respectivamente, referidos a la aprobación de la iniciativa de un procedimiento de alteración de sus términos municipales mediante segregaciones y agregaciones recíprocas, así como de determinada documentación que debe integrar tal expediente de alteración territorial, la cual fue elaborada por una comisión mixta compuesta por representantes de los dos municipios.

De conformidad con lo expuesto en la Memoria justificativa de la modificación proyectada, con tal iniciativa se pretende facilitar la expansión industrial de los núcleos poblacionales de ambos municipios, dotando al término municipal de Atarfe de una superficie territorial de 124.643 metros cuadrados (según cartografía catastral) que se segregaría de Pinos Puente, situada geográficamente en un entorno muy alejado del núcleo en el que reside la capitalidad de este último municipio, con las dificultades que ello conlleva de prestación de servicios básicos por el mismo, y lindante con suelo calificado como urbanizable de uso industrial; y, a la inversa, agregando al término municipal de Pinos Puente un ámbito territorial de 119.955 metros cuadrados de Atarfe (según cartografía catastral), en el que concurren idénticas circunstancias de alejamiento con respecto al núcleo que ostenta la capitalidad y de calificación urbanística del suelo con el que linda.

Por otra parte, en la Memoria se expone que, considerando la calificación urbanística de los terrenos a los que afecta la alteración territorial pretendida, y el «nulo perjuicio económico que ello va a generar en la hacienda de ambos Ayuntamientos», no procede fijar compensación económica a favor de uno u otro Ayuntamiento.

Segundo. Al observarse por la Dirección General de Administración Local una serie de deficiencias en la documentación aportada...

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