Decreto 129/2018, de 26 de junio, por el que se aprueba el Plan de Establecimientos Comerciales.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa y Comercio
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía, en su artículo 58.1.1.º, establece que la Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas, entre otras, en «la planificación territorial de los equipamientos comerciales, incluido el establecimiento y la autorización de las grandes superficies comerciales». El texto refundido de la Ley de Comercio Interior de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, regula en el capítulo II de su título IV el Plan de Establecimientos Comerciales, que tiene por objeto «contribuir a la localización eficiente de las grandes superficies minoristas, de acuerdo con lo establecido en este texto refundido y conforme a las determinaciones establecidas en la planificación territorial».

Asimismo, la Comunidad Autónoma Andaluza ha definido, a través de distintos procesos de planificación, un modelo territorial global para toda Andalucía y para gran parte de sus ámbitos subregionales. En este contexto, el artículo 52 del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, aprobado por el Decreto 206/2006, de 28 de noviembre, por el que se adapta el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía a las Resoluciones aprobadas por el Parlamento de Andalucía en sesión celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006 y se acuerda su publicación, establece las directrices territoriales de la actividad comercial.

Estas previsiones normativas responden a la evolución del sector de la distribución comercial, en el contexto del proceso de terciarización de las economías desarrolladas, que ha provocado que el comercio tenga un importante protagonismo, no sólo desde el punto de vista económico, sino también territorial, cultural e incluso como elemento de comunicación ciudadana, surgiendo concentraciones de oferta que condicionan el desarrollo urbano, la utilización de las infraestructuras de comunicación interurbanas y la movilidad de la ciudadanía.

El Plan de Establecimientos Comerciales es un instrumento que tiene naturaleza territorial. Así, el artículo 34 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, establece las características de los núcleos de población para la localización de las grandes superficies minoristas, con el...

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