Decreto 119/2020, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Rango de LeyDecreto

El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 10 que corresponden a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación las competencias actualmente atribuidas a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, salvo las que se asignan a la Consejería de Salud y Familias en materia de centros residenciales de personas mayores y a la Consejería Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en materia de juventud.

Las competencias que se asignan a la Consejería de Salud y Familias en materia de centros residenciales de personas mayores, lo serán hasta el momento en que el Gobierno de la Nación declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en los términos previstos en el artículo 2.3 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, quedando desde entonces atribuidas nuevamente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre.

Asimismo para una mejor dirección y coordinación de los centros, incluidos los centros residenciales de personas mayores, se precisa una doble adscripción de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, tanto a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, como a la Consejería de Salud y Familias. Esta doble adscripción se realiza en el marco de lo dispuesto en los artículos 56.1 y 68.2 de la Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía, que contemplan la posibilidad de que las agencias públicas empresariales se adscriban a una o varias Consejerías. De esta forma, conforme al principio de instrumentalidad, bajo la dirección de la Consejería de Salud y Familias, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía desarrollará la gestión de servicios en centros residenciales de personas mayores.

En cuanto a las entidades adscritas a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se mantienen, salvo el Instituto Andaluz de la Juventud y la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (INTURJOVEN), que se adscriben a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Por ello, resulta necesario dictar el presente decreto para adecuar la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación a lo previsto en el Decreto del Presidente...

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